TL;DR
- En 2026 las retribuciones de los empleados públicos suben un 1,5% consolidable con efectos desde el 1 de enero, dentro del acuerdo marco de la función pública para 2025-2028.
- Hay un 0,5% adicional vinculado a la evolución del IPC de 2026: se abonaría, con carácter retroactivo, si la variación del índice cumple la condición pactada.
- El marco legal es el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, que fija las retribuciones del sector público para 2025 y 2026.
- Como el incremento afecta al sueldo base y a los complementos que sirven de referencia, las pagas extraordinarias de junio y diciembre suben en la misma proporción.
Qué sube exactamente en 2026
El incremento retributivo de 2026 se articula en dos tramos:
- Un 1,5% fijo y consolidable, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026, que se aplica sobre todas las retribuciones (sueldo base, trienios, complemento de destino y complemento específico).
- Un 0,5% adicional variable, condicionado a que la variación interanual del IPC de 2026 alcance el umbral pactado. De confirmarse, se abonaría de forma retroactiva, previsiblemente en el primer trimestre de 2027.
Se trata de un incremento general: no distingue por cuerpo ni por grupo de clasificación, sino que se aplica en porcentaje sobre el conjunto de conceptos retributivos de cada empleado público.
El marco: el acuerdo 2025-2028
La subida de 2026 no es una medida aislada, sino la segunda anualidad de un acuerdo plurianual para la función pública 2025-2028. El pacto contempla un incremento acumulado en el entorno del 11% para todo el periodo, repartido en subidas fijas anuales y en tramos variables ligados a la inflación:
- 2025: 2,5% (con su parte fija y su parte variable ya cerradas).
- 2026: 1,5% fijo + hasta 0,5% variable según IPC.
- 2027 y 2028: incrementos adicionales previstos en el acuerdo, también con componente variable.
La plasmación normativa para el bienio en curso es el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, que regula las retribuciones del personal al servicio del sector público. Cada Administración (estatal, autonómica y local) lo traslada después a sus propias tablas y nóminas.
Cómo afecta a las pagas extraordinarias
Las pagas extraordinarias de los empleados públicos —que se abonan en junio y diciembre— se calculan sobre una cuantía que incluye el sueldo base y determinados complementos. Al actualizarse esos conceptos con la subida de 2026, la base de cálculo de las extraordinarias también aumenta.
El efecto práctico es que la paga extra de verano de 2026 ya incorpora el incremento del ejercicio, y la de diciembre lo hará igualmente. Para entender qué conceptos entran en cada paga y por qué su cuantía no coincide con una mensualidad ordinaria completa, es útil la guía sobre las pagas extra de junio y diciembre.
Qué conviene revisar en la nómina
- Comprobar el porcentaje aplicado. El 1,5% debe verse reflejado en el sueldo base y en los complementos desde la nómina de enero (o en la primera nómina en que la Administración correspondiente aplicó el RDL).
- Vigilar el 0,5% variable. No es automático: depende del dato de IPC de 2026 y, en su caso, se abonará como atraso.
- Revisar los atrasos. Cuando una Administración aplica la subida con retraso respecto al 1 de enero, la diferencia se abona como atrasos en una nómina posterior.
Fuentes: Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, de retribuciones del personal al servicio del sector público (2025-2026); acuerdo de la función pública 2025-2028. Cifras de carácter informativo sujetas a la aplicación de cada Administración; no constituyen asesoramiento. Fecha de redacción: julio de 2026.
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