Cuantías 2013
- Importe anual
- 5007,00 €/año 417,25 €/mes × 12
- Importe mensual
- 417,25 €/mes
Importe del CD nivel 19 en 2013
El complemento de destino (CD) es una retribución complementaria del personal funcionario que retribuye el nivel del puesto de trabajo en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), no a la persona ni al cuerpo. Sus niveles van del 14 al 30, regulados en los arts. 21 y 23 del EBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015).
Para 2013, el importe del CD nivel 19 es de 5007,00 € al año (417,25 € al mes durante 12 mensualidades). Esta cifra la fija el art. 23.uno.C de la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente o, en su defecto, del Real Decreto-ley retributivo aplicable. Cada nivel del 14 al 30 tiene su importe propio escalonado.
Agrupación: Administrativo. Subgrupo habitual de los funcionarios que ocupan puestos de nivel 19: C1. El intervalo de niveles aplicable a cada subgrupo está fijado por el RD 364/1995 art. 71: A1 (20-30), A2 (16-26), B (16-22), C1 (14-22), C2 (14-18), AP (14-16).
Puestos típicos con nivel 19 en la RPT
Los puestos que habitualmente se asignan al nivel 19 de complemento de destino en la Administración General del Estado son: Tramitador con cierta antigüedad, gestor de procedimiento, técnico documental.
La asignación concreta del nivel a cada puesto se realiza en la modificación de la RPT del organismo correspondiente, tras informe del órgano competente en materia presupuestaria y audiencia a las organizaciones sindicales. La RPT es pública y consultable según la Ley 19/2013 de transparencia.
Evolución del CD nivel 19 (2010-2013)
El importe del complemento de destino de cada nivel lo fija la tabla oficial de retribuciones del ejercicio (art. 23.uno.C de la Ley de Presupuestos Generales del Estado o del Real Decreto-ley retributivo). Son las cifras oficiales publicadas por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, con su norma citada.
Los incrementos fijos aprobados por Real Decreto-ley en el periodo fueron: ninguno adicional respecto al ejercicio base. Con ellos y los componentes ligados al IPC, el CD del nivel 19 ha pasado de 5007,00 € a 5007,00 € anuales entre 2010 y 2013: una variación acumulada del 0,0 %.
El complemento de destino se revaloriza con el mismo porcentaje que el sueldo base del personal funcionario; la variación es idéntica para todos los niveles del 14 al 30.
Evolución del CD nivel 19 (2010-2026)
Serie cargada en el observatorio para el nivel 19:
| Año | Importe anual | Importe mensual |
|---|---|---|
| 2010 | 5007,00 € | 417,25 € |
| 2011 | 5007,00 € | 417,25 € |
| 2012 | 5007,00 € | 417,25 € |
| 2013 | 5007,00 € | 417,25 € |
| 2014 | 5007,00 € | 417,25 € |
| 2015 | 5007,00 € | 417,25 € |
| 2016 | 5057,16 € | 421,43 € |
| 2017 | 5107,80 € | 425,65 € |
| 2018 | 5184,48 € | 432,04 € |
| 2019 | 5314,32 € | 442,86 € |
| 2020 | 5433,96 € | 452,83 € |
| 2021 | 5482,92 € | 456,91 € |
| 2022 | 5592,60 € | 466,05 € |
| 2023 | 5845,08 € | 487,09 € |
| 2024 | 6020,28 € | 501,69 € |
| 2025 | 6170,76 € | 514,23 € |
| 2026 | 6263,28 € | 521,94 € |
Variación acumulada del periodo: 0,0 %. Esta variación es la misma para todos los niveles CD del 14 al 30, porque los incrementos retributivos se aplican uniformemente a todos los niveles de complemento de destino.
Consolidación del grado personal del nivel 19
Cuando un funcionario consolida el grado personal del nivel 19 (tras dos años continuados o tres alternos desempeñando puestos de ese nivel o superior, según el art. 70 del EBEP), conserva el derecho a percibir el complemento de destino del nivel 19 aunque pase a desempeñar puestos de nivel inferior.
El grado actúa como suelo retributivo personal: una vez consolidado, no se pierde por traslado a puesto de menor nivel. Es uno de los mecanismos centrales de la carrera funcionarial vertical y un incentivo para la asunción temporal de responsabilidades en puestos superiores.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por el nivel 19 de complemento de destino en 2013?
5007,00 € al año, según la tabla oficial de retribuciones del ejercicio (SEPG, Hacienda). Equivale a 417,25 € al mes durante 12 mensualidades. Esta cifra se suma al sueldo base del subgrupo del funcionario y a los demás conceptos (trienios, complemento específico, productividad).
¿Qué subgrupos pueden ocupar puestos con CD nivel 19?
El intervalo legal de niveles CD por subgrupo se fija en el art. 71 del Real Decreto 364/1995: A1 (niveles 20-30), A2 (16-26), B (16-22), C1 (14-22), C2 (14-18), AP (14-16). Un funcionario solo puede ocupar puestos cuyo nivel CD esté dentro del intervalo de su subgrupo, salvo habilitación legal expresa.
¿Se pierde el CD nivel 19 al cambiar de puesto?
Depende. Si el funcionario tiene consolidado el grado personal del nivel 19 (al menos dos años continuados desempeñando puestos del nivel 19 o superior, EBEP art. 70), conserva el derecho a percibir el CD del nivel 19 aunque pase a desempeñar un puesto de nivel inferior. Si aún no ha consolidado el grado, percibe el CD del nuevo puesto.
¿Cómo se calcula la cifra 2013 del CD nivel 19?
La fija el art. 23.uno.C de la tabla oficial de retribuciones del ejercicio (Ley de Presupuestos Generales del Estado o Real Decreto-ley retributivo). Es la cifra oficial publicada por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, no una estimación. Para 2013, según la tabla oficial de retribuciones del ejercicio (SEPG, Hacienda).