TL;DR
- El profesorado de enseñanzas no universitarias son funcionarios docentes: maestros (A2) y profesores y catedráticos de secundaria (A1).
- Su retribución combina sueldo y trienios con complementos de destino, específico y el característico sexenio (formación permanente).
- La gestión es autonómica: cada comunidad fija los complementos específicos y los componentes propios.
- El componente singular —el sexenio— premia la formación, no solo la antigüedad.
Quién es el profesorado funcionario
El profesorado de enseñanzas no universitarias está formado por funcionarios docentes integrados en cuerpos estatales pero gestionados por las comunidades autónomas:
- Cuerpo de maestros (subgrupo A2): educación infantil y primaria.
- Cuerpo de profesores de secundaria (subgrupo A1): educación secundaria, bachillerato y formación profesional.
- Cuerpo de catedráticos de secundaria (A1): una categoría superior dentro de la secundaria.
- Otros cuerpos: profesores de escuelas oficiales de idiomas, de música y artes escénicas, de artes plásticas y diseño, profesores técnicos de FP, etc.
El acceso es por oposición, y la carrera docente tiene rasgos propios respecto al resto de la función pública, marcados por la naturaleza de la profesión y por la transferencia educativa.
La estructura retributiva
La retribución del profesorado combina los componentes generales con uno muy característico:
- Retribuciones básicas: sueldo del subgrupo (A1 o A2) y trienios por antigüedad.
- Complemento de destino: por el nivel del puesto docente.
- Complemento específico: con un componente general y componentes singulares (por desempeñar tutorías, jefaturas de departamento, cargos directivos, o por impartir determinadas especialidades).
- Sexenios: el componente de formación permanente, propio del profesorado.
El sexenio: el rasgo distintivo
El sexenio es la singularidad de la nómina docente. A diferencia del trienio —que se devenga automáticamente cada tres años—, el sexenio se reconoce por bloques de seis años y exige acreditar formación (un número determinado de horas de cursos y actividades de actualización) durante el periodo, además de cumplir el tiempo de servicio.
El sexenio funciona, en la práctica, como una carrera horizontal específica del profesorado: premia la actualización profesional sin necesidad de cambiar de puesto. De hecho, anticipó la lógica de la carrera horizontal que el EBEP generalizó después. Trienios y sexenios coexisten y se acumulan: un profesor veterano puede tener varios de cada uno, cada uno con su propia regla de devengo (tiempo el trienio, formación el sexenio).
Esta combinación tiene sentido en una profesión donde la mayoría del profesorado desarrolla toda su carrera en el aula, sin una vía de promoción vertical amplia. El sexenio ofrece progresión retributiva a ese profesorado a cambio de su compromiso con la formación continua.
Los cargos docentes
Los cargos docentes —dirección del centro, jefatura de estudios, secretaría, jefaturas de departamento, coordinaciones, tutorías— se retribuyen mediante componentes singulares del complemento específico, que se perciben mientras se ejerce el cargo. A diferencia del sexenio (que se consolida), estos componentes se pierden al dejar el cargo. Es la vía por la que la responsabilidad de gestión en los centros se traduce en retribución, y un incentivo para asumir esas funciones, que de otro modo recaerían sobre el profesorado sin compensación.
La gestión autonómica: diferencias territoriales
La educación está transferida a las comunidades autónomas. Aunque los cuerpos docentes son estatales (lo que permite la movilidad entre comunidades mediante concursos de traslados), cada comunidad gestiona a su profesorado y fija las cuantías de los complementos específicos y de los componentes singulares, dentro del marco estatal.
La consecuencia es que la retribución de un mismo cuerpo docente puede variar de una comunidad a otra, especialmente en los complementos. Un maestro o un profesor de secundaria puede cobrar cantidades distintas en función de la comunidad donde ejerza, lo que genera diferencias territoriales y dinámicas de preferencia en los concursos de traslados.
La carrera profesional docente
Más allá del sexenio, algunas comunidades han desarrollado modelos de carrera profesional docente propios, con grados o tramos adicionales que reconocen la trayectoria, la formación y la implicación en proyectos. Estos modelos, de implantación desigual, se suman a la estructura general y refuerzan la dimensión horizontal de la carrera docente.
La jornada docente: lectiva y complementaria
Un aspecto que condiciona la valoración de la retribución docente es la estructura de la jornada. La jornada del profesorado combina horas lectivas (de docencia directa en el aula) con horas complementarias (preparación de clases, corrección, reuniones, tutorías, atención a familias, formación). La parte no lectiva, a menudo invisible para quien observa la profesión desde fuera, es sustancial y forma parte del trabajo retribuido. Las diferencias entre comunidades no se dan solo en los complementos, sino a veces también en el número de horas lectivas semanales asignadas, lo que afecta a la carga de trabajo efectiva. Por eso, al comparar la situación del profesorado entre comunidades, conviene mirar tanto la retribución como la carga lectiva: un mismo salario con más o menos horas de clase representa condiciones distintas. La jornada es, junto con la retribución, un elemento central de la negociación educativa.
La carrera docente más allá del aula
Aunque la mayoría del profesorado desarrolla su carrera en el aula, existen vías de progresión hacia otras funciones: la dirección de centros (con sus componentes retributivos singulares), la inspección educativa (un cuerpo propio, de subgrupo A1, al que se accede desde la docencia), la asesoría en centros de formación del profesorado o en la administración educativa, y la promoción del cuerpo de maestros (A2) al de profesores de secundaria (A1) mediante los procesos correspondientes. Estas vías ofrecen recorridos de carrera vertical a quienes desean asumir otras responsabilidades, complementando la progresión horizontal del sexenio. La combinación de carrera horizontal (sexenios, carrera profesional docente) y vertical (cargos, inspección, promoción de cuerpo) configura un abanico de opciones de desarrollo profesional para el profesorado, más amplio de lo que sugiere la imagen tradicional de una carrera plana centrada solo en el aula.
El concurso de traslados y la movilidad entre comunidades
Como los cuerpos docentes son estatales pero gestionados por las comunidades, existe un concurso de traslados que permite a maestros y profesores cambiar de destino entre comunidades. Esta movilidad tiene una dimensión retributiva: al trasladarse, el docente pasa a regirse por los complementos de la comunidad de destino, que pueden ser más o menos favorables que los de origen. Las diferencias territoriales en los complementos específicos influyen, por tanto, en las preferencias de los docentes a la hora de pedir destino, generando flujos hacia las comunidades mejor dotadas o con mejores condiciones de vida. El concurso de traslados es uno de los procesos más importantes de la carrera docente y un factor de equilibrio (o desequilibrio) territorial de las plantillas.
Interinos docentes y oposiciones
El profesorado interino tiene un peso significativo en la enseñanza pública, especialmente para cubrir sustituciones y vacantes. Los interinos docentes se gestionan mediante bolsas de empleo de cada comunidad, y su retribución se equipara a la del funcionario de carrera en el puesto que ocupan, con la diferencia de la estabilidad. Las oposiciones docentes, que se convocan periódicamente, son la vía de acceso a la condición de funcionario de carrera y han sido objeto de los procesos de estabilización para reducir la elevada temporalidad que arrastraba el sector educativo. La combinación de bolsas de interinos y oposiciones define buena parte de la dinámica de acceso y de carrera del profesorado.
El debate sobre la equiparación docente entre comunidades
Las diferencias retributivas entre el profesorado de distintas comunidades han alimentado un debate sobre la equiparación docente. Dado que los cuerpos son estatales y las funciones esencialmente idénticas, algunos reclaman una mayor homogeneidad retributiva entre territorios, mientras que el modelo de gestión autonómica defiende la capacidad de cada comunidad para fijar sus complementos según sus prioridades y recursos. Este debate es análogo al que existe en sanidad y en los cuerpos generales de la Justicia, y refleja la tensión inherente a un Estado descentralizado: cuerpos estatales con funciones comunes, pero gestionados y retribuidos por administraciones distintas. Su resolución es más política que técnica y excede el ámbito de una ficha informativa, pero conviene conocerlo para entender las diferencias territoriales en la nómina docente.
Pública y concertada: dos regímenes laborales
Al hablar del profesorado conviene distinguir el de la enseñanza pública —funcionarios docentes, objeto de esta ficha— del de la enseñanza concertada y privada, que es personal laboral regido por convenio colectivo, no por el régimen funcionarial. El profesorado de la concertada se rige por el convenio del sector y, aunque su salario se financia en parte con fondos públicos (el concierto), su relación es laboral y sus condiciones —incluida la retribución— difieren de las del funcionario docente. Esta distinción es importante para no confundir realidades distintas: cuando se habla de "lo que cobra un profesor", hay que precisar si es funcionario de la pública o personal laboral de la concertada, porque los marcos son diferentes. El presente análisis se refiere al profesorado funcionario de la enseñanza pública, cuya retribución se articula mediante sueldo, trienios, complementos y sexenios dentro del régimen estatutario de la función pública docente.
Conclusión
La retribución docente sigue el esquema general —sueldo, trienios, destino, específico— con un sello propio: el sexenio de formación permanente y un fuerte peso de la gestión autonómica. El sexenio, precursor de la carrera horizontal, es la principal vía de progresión retributiva para el profesorado que desarrolla su carrera en el aula, mientras que los cargos se retribuyen con componentes singulares no consolidables. Para comparar lo que cobra un maestro o un profesor hay que mirar el subgrupo, los sexenios acreditados, los cargos ejercidos y, de forma muy relevante, la comunidad autónoma de destino.
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