También se conoce como
- inspectores médicos
- inspección sanitaria
La Inspección de Servicios Sanitarios agrupa al personal funcionario que ejerce funciones de inspección, control y evaluación de los centros, profesionales y prestaciones del Sistema Nacional de Salud. Es una de las categorías profesionales clave del personal estatutario sanitario, habitualmente en el subgrupo A1.
Marco normativo
Está regulada por la Ley 14/1986 General de Sanidad (arts. 26 a 31), la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS y, fundamentalmente, por la normativa autonómica de creación de cuerpos o escalas de inspección en cada servicio de salud. La condición de inspector requiere titulación universitaria en Medicina, Farmacia, Enfermería o Veterinaria según el ámbito.
Funciones principales
- Inspección de incapacidad temporal: control y seguimiento de las bajas médicas de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social que reciben asistencia del SNS.
- Inspección farmacéutica: control de prescripción, dispensación y consumo farmacéutico.
- Inspección de centros y servicios: comprobación del cumplimiento de normas sanitarias en hospitales, centros de salud y centros sociosanitarios.
- Inspección de prestaciones: control del cumplimiento de la cartera común de servicios del SNS y de las prestaciones autonómicas.
Encaje retributivo
El personal inspector se encuentra habitualmente en el subgrupo A1 con complementos de destino entre 24 y 28, según la responsabilidad y el ámbito (provincial, autonómico o estatal). El complemento específico singular suele reconocer la responsabilidad inspectora y la dedicación.
Ver también
- Estatuto Marco del personal estatutarioLey 55/2003 que regula el régimen jurídico del personal estatutario al servicio de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud.
- Asistencia sanitaria públicaCobertura sanitaria del funcionario y sus beneficiarios mediante el Sistema Nacional de Salud o, en el caso de mutualistas, mediante concierto con entidad privada.
- Médico Interno Residente (MIR)Programa de formación sanitaria especializada de los médicos en España, con vínculo estatutario y duración de 4 a 5 años según la especialidad.