También se conoce como
- prestaciones mutualistas
- cobertura mutualista
La acción protectora del régimen mutualista es el conjunto completo de prestaciones que las mutualidades del funcionariado —MUFACE, MUGEJU e ISFAS— reconocen a los mutualistas titulares y a sus beneficiarios. Su estructura general es paralela a la del régimen general de la Seguridad Social, con peculiaridades del régimen especial.
Marco normativo
- MUFACE: Real Decreto Legislativo 4/2000 (Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado).
- MUGEJU: Real Decreto Legislativo 3/2000 (Texto Refundido del Régimen Especial de la Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia).
- ISFAS: Real Decreto Legislativo 1/2000 (Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas).
Contenido típico
La acción protectora abarca, con variantes por mutualidad:
- Asistencia sanitaria: por SNS o por entidad médica privada en concierto, a elección del mutualista (no aplica en RGSS, que solo cubre SNS).
- Prestación farmacéutica: con copago del 30 % en MUFACE y MUGEJU para el mutualista en activo, sin tope.
- Incapacidad temporal: subsidio durante el periodo de baja médica.
- Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.
- Prestaciones por hijo a cargo y por familia numerosa.
- Prestaciones por gran invalidez y por fallecimiento.
- Ayudas asistenciales discrecionales (estudios, vivienda, eventos extraordinarios) a través de convocatorias anuales.
Diferencias con el RGSS
La principal diferencia con el régimen general es la opción de elección de entidad médica y la estructura específica del copago farmacéutico. La jubilación se gestiona por Clases Pasivas (mutualistas anteriores a 2011) o por el RGSS (posteriores a 2011), no por la mutualidad.
Ver también
- MutualistaFuncionario público incluido en una mutualidad obligatoria del Estado (MUFACE, MUGEJU o ISFAS) y, por extensión, sus beneficiarios.
- Asistencia sanitaria públicaCobertura sanitaria del funcionario y sus beneficiarios mediante el Sistema Nacional de Salud o, en el caso de mutualistas, mediante concierto con entidad privada.
- Prestación farmacéuticaCobertura económica para la adquisición de medicamentos prescritos, con régimen específico para mutualistas (MUFACE, MUGEJU, ISFAS) y para usuarios del SNS.
- Clases Pasivas del EstadoRégimen especial de protección social aplicable al personal funcionario civil del Estado, militar y de la Administración de Justicia ingresado antes del 1 de enero de 2011.