También se conoce como
- acoso por razón de sexo
- acoso sexual en el trabajo
El acoso sexual en el empleo público es cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de la víctima, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
Marco normativo
La definición procede del art. 7 de la Ley Orgánica 3/2007, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, que distingue además el acoso por razón de sexo (comportamiento realizado en función del sexo de la persona con el mismo propósito). El TREBEP (art. 95.2.b) califica ambos como falta disciplinaria muy grave.
En la AGE se aplica el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en la Administración General del Estado, aprobado por Resolución de 28 de julio de 2011 y actualizado posteriormente. Cada CCAA y ente local debe contar con su propio protocolo según el art. 48 LO 3/2007.
Procedimiento
La denuncia activa una instrucción confidencial con comisión paritaria que evalúa indicios, propone medidas cautelares y, si procede, abre expediente disciplinario. La víctima tiene derecho a asistencia psicológica y al traslado a otro puesto si lo solicita.
Efectos
Las sanciones por acoso sexual confirmado abarcan desde la suspensión de funciones hasta la separación del servicio (TREBEP art. 96). La conducta puede ser además constitutiva de delito (Código Penal art. 184), por lo que se traslada al Ministerio Fiscal en paralelo al procedimiento administrativo.
Ver también
- Acción disciplinariaPotestad de la Administración para depurar la responsabilidad del funcionario por faltas tipificadas mediante procedimiento contradictorio con todas las garantías.
- Sanción disciplinariaMedida punitiva impuesta al funcionario por la comisión de una falta disciplinaria, tras procedimiento contradictorio y con garantías de defensa.
- Falta disciplinariaConducta del funcionario tipificada por el EBEP como contraria a sus deberes, susceptible de sanción tras procedimiento disciplinario contradictorio.
- TREBEP — Texto Refundido del EBEPTexto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015.