La amortización de plaza es la supresión formal de un puesto de trabajo de la plantilla de una administración pública, de modo que dicho puesto deja de existir como tal y no puede volver a cubrirse salvo que se reactive expresamente mediante un nuevo acto administrativo.
La amortización se produce habitualmente en el marco de procesos de reorganización administrativa, reestructuración orgánica o ajuste de plantillas. Cuando una unidad se fusiona con otra, cuando desaparecen funciones que antes justificaban un puesto, o cuando se reduce la dotación presupuestaria asignada a determinado servicio, la administración puede optar por amortizar las plazas afectadas en lugar de dejarlas simplemente vacantes.
El procedimiento de amortización requiere soporte en la relación de puestos de trabajo o en los instrumentos equivalentes de ordenación del personal. No basta con la decisión unilateral del órgano gestor: la supresión debe reflejarse en la modificación de dicho instrumento, con la tramitación que la legislación de función pública exija en cada administración. En el ámbito local, por ejemplo, las modificaciones de plantilla tienen que pasar por el pleno.
La amortización de una plaza vacante es más sencilla desde el punto de vista procedimental que la de una plaza ocupada. Cuando la plaza tiene titular, la administración debe resolver qué ocurre con el funcionario afectado: puede ofrecerle recolocación en otro puesto, iniciar un proceso de reasignación de efectivos u aplicar otro mecanismo de los previstos en la normativa de empleo público. El funcionario de carrera no pierde su condición por la amortización de su puesto, aunque sí puede verse obligado a cambiar de destino.
La amortización se distingue de la plaza a extinguir, que también desaparece pero de forma gradual, al quedar vacante por jubilación o renuncia del titular, sin supresión inmediata.
Ver también
- Plaza vacantePuesto dotado presupuestariamente que no está ocupado por ningún titular con carácter definitivo.
- RPT — Relación de Puestos de TrabajoInstrumento técnico de cada Administración Pública que ordena su personal y describe cada puesto: denominación, requisitos, nivel, complementos y forma de provisión.