También se conoce como
- Carrera horizontal
- Complemento de carrera profesional
Qué es
La carrera profesional horizontal es el sistema que permite al funcionario progresar en su retribución y reconocimiento sin cambiar de puesto, mediante el acceso sucesivo a categorías o niveles de carrera vinculados a la antigüedad, la formación, la evaluación del desempeño y otros méritos.
Está prevista en el artículo 16 del EBEP como modalidad de carrera, junto a la vertical, la promoción interna vertical y la promoción interna horizontal. Su implantación efectiva depende del desarrollo legislativo de cada Administración.
En qué se materializa
En la mayoría de administraciones que la han desplegado, la carrera profesional horizontal toma forma de un complemento retributivo específico (a veces denominado "complemento de carrera profesional", "complemento de desarrollo" o "complemento de carrera"), que se cobra mes a mes una vez reconocido el nivel correspondiente.
Hay un escalado típico de cuatro o cinco niveles:
- Nivel I, II, III, IV (y a veces V), con requisitos crecientes.
- Cada nivel exige un mínimo de años en el anterior y la superación de un proceso de evaluación.
- Una vez consolidado, el nivel no se pierde por cambio de puesto dentro del mismo cuerpo y administración.
Ámbitos donde está más desarrollada
- Personal estatutario sanitario: la carrera profesional sanitaria es la primera y más extendida.
- Personal docente no universitario: el sistema de sexenios (componente singular de formación) es funcionalmente equivalente.
- Personal universitario: tramos de evaluación de investigación (sexenios CNEAI) y docencia (quinquenios).
- Cuerpos autonómicos generales en CCAA con normativa de función pública desarrollada (Galicia, Comunidad Valenciana, La Rioja, etc.).
En la Administración General del Estado, su despliegue general para los Cuerpos Generales sigue siendo limitado y desigual entre ministerios.
Diferencia con el grado personal
El grado personal es un derecho retributivo asociado al complemento de destino máximo desempeñado: opera como suelo de CD. La carrera horizontal es un complemento añadido que reconoce trayectoria profesional global, no solo nivel de puesto. Conviven y son compatibles cuando ambos están regulados.
Diferencia con la promoción interna
La promoción interna implica un cambio de cuerpo o subgrupo (por ejemplo de A2 a A1). La carrera horizontal opera dentro del mismo cuerpo y subgrupo, retribuyendo trayectoria sin cambio de adscripción.
Ver también
- Sexenio (carrera docente)Componente retributivo del personal docente universitario que reconoce la actividad investigadora valorada favorablemente por la ANECA en periodos de seis años.
- Grado personal consolidadoNivel de complemento de destino consolidado por el funcionario tras desempeñar uno o varios puestos del mismo nivel durante un periodo legalmente previsto.
- Carrera verticalProgresión profesional del funcionario mediante el ascenso a puestos de mayor nivel o responsabilidad dentro de la estructura administrativa.
- EBEP — Estatuto Básico del Empleado PúblicoTexto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 que regula el régimen general del empleo público en España.