Los coeficientes reductores son los porcentajes que disminuyen la cuantía de la pensión de jubilación cuando esta se causa antes de la edad ordinaria. Compensan actuarialmente que la pensión se va a percibir durante más tiempo y que se ha cotizado o servido durante menos.
Se aplican en la jubilación anticipada, tanto en el Régimen General de la Seguridad Social como, con sus particularidades, en el régimen de Clases Pasivas. La magnitud de la reducción depende del número de meses o trimestres que se anticipe el acceso respecto de la edad legal y, en el Régimen General, también de los años de cotización acreditados: a mayor carrera de cotización, menor coeficiente aplicado por cada periodo de anticipo.
La reducción se proyecta sobre la pensión calculada a partir del haber regulador o de la base reguladora, según el régimen, y tiene carácter vitalicio: no desaparece al alcanzar la edad ordinaria, sino que acompaña a la pensión durante toda su percepción. Determinados colectivos con trabajos penosos, tóxicos o peligrosos disponen de coeficientes específicos que permiten adelantar la edad de jubilación sin la penalización general, conforme a la normativa sectorial que los reconoce. El coeficiente exacto aplicable a cada caso y su efecto sobre la cuantía final los determina la entidad gestora competente al reconocer el derecho, a partir de la edad real de acceso y de la carrera de cotización o de servicios acreditada.
Ver también
- Jubilación anticipadaJubilación del funcionario antes de la edad ordinaria, con condiciones de antigüedad y, en su caso, coeficientes reductores de la pensión.
- Haber reguladorImporte sobre el que se calcula la pensión de jubilación del personal funcionario en Clases Pasivas, fijado anualmente por la Ley de PGE para cada grupo.
- Clases Pasivas del EstadoRégimen especial de protección social aplicable al personal funcionario civil del Estado, militar y de la Administración de Justicia ingresado antes del 1 de enero de 2011.