La conciliación corresponsable designa el conjunto de permisos, reducciones y medidas de ordenación del tiempo de trabajo orientados a que el cuidado de hijos y familiares se reparta de forma equilibrada entre ambos progenitores o personas cuidadoras, sin recaer mayoritariamente en uno solo. El término sustituye al enfoque tradicional de la conciliación entendida como concesión individual.
En el empleo público se concreta en figuras del Estatuto Básico del Empleado Público como el permiso por nacimiento para el progenitor distinto de la madre biológica, intransferible y equiparado en duración, el permiso parental para el cuidado de hijo mentor, los permisos por cuidado de familiar y las distintas modalidades de reducción de jornada. La reforma operada por el Real Decreto-ley 5/2023, que transpuso la Directiva (UE) 2019/1158 de conciliación de la vida familiar y profesional, reforzó este enfoque.
La nota distintiva de estas medidas es su carácter individual e intransferible: están diseñadas para que cada progenitor ejerza sus propios derechos, de modo que el cuidado no se concentre por defecto en las mujeres. Para el funcionario suponen derechos de ejercicio reglado, con plazos y requisitos tasados, que la unidad de personal debe reconocer cuando se cumplen las condiciones legales. Su carácter individual e intransferible las distingue de las antiguas medidas concebidas como concesión única a la unidad familiar, y refuerza el reparto equilibrado del cuidado entre ambos progenitores.
Ver también
- Permiso de paternidadPermiso retribuido del funcionario por nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo, equiparado al de la madre biológica desde la Ley 6/2018 y normativa posterior.
- Reducción de jornadaDerecho del funcionario a reducir proporcionalmente su jornada de trabajo, con la consiguiente disminución retributiva, por motivos legalmente previstos.
- Excedencia por cuidado de hijoModalidad de excedencia voluntaria del funcionario para atender al cuidado de cada hijo, biológico, adoptado o en guarda, con reserva de puesto durante el primer año.