También se conoce como
- Maestros funcionarios
Qué es
El Cuerpo de Maestros es el cuerpo docente del subgrupo A2 que imparte enseñanzas regladas en Educación Infantil (3-6 años) y Educación Primaria (6-12 años). Es uno de los cuerpos funcionariales con mayor número de efectivos en España y el principal cuerpo docente no universitario.
Está regulado por la Ley Orgánica de Educación (LOE), su modificación por la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020), y por la normativa autonómica de desarrollo. La selección, formación y régimen retributivo siguen el EBEP en lo no específicamente regulado.
Especialidades
El acceso al Cuerpo de Maestros se realiza por especialidades, que el aspirante elige al presentarse a la oposición. Las especialidades reconocidas:
- Educación Infantil.
- Educación Primaria (generalista).
- Lengua Extranjera (Inglés / Francés / otras).
- Educación Física.
- Música.
- Pedagogía Terapéutica (PT).
- Audición y Lenguaje (AL).
Algunas comunidades autónomas incorporan especialidades adicionales según su normativa propia.
Acceso
El acceso es competencia autonómica: cada comunidad convoca su propia oposición de Cuerpo de Maestros para sus centros públicos.
Requisitos generales:
- Título de Maestro o Grado en Maestro de Educación Infantil/Primaria.
- En su caso, acreditación de la especialidad elegida.
- Acreditación de competencia lingüística en la lengua autonómica cuando corresponda (catalán, valenciano, vasco, gallego).
- Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
El sistema selectivo es habitualmente oposición o concurso-oposición con fases:
- Fase de oposición: pruebas de conocimientos (parte general y específica de la especialidad) y prueba práctica.
- Fase de concurso: valoración de méritos (experiencia docente previa, formación, expediente).
- Fase de prácticas: periodo tutelado de varios meses en un centro real.
Tras superar las tres fases, el aspirante es nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros.
Retribuciones
El sueldo base del subgrupo A2 lo fija la LPGE estatal y es común para todo el personal funcionario del subgrupo en cualquier administración. Sobre esa base, el maestro percibe:
- Trienios por antigüedad.
- Complemento de destino del nivel del puesto (intervalo habitual 21-26 en Maestros).
- Complemento específico docente, que en este cuerpo tiene la forma de complemento específico general más eventuales complementos por tutoría, jefatura de departamento, dirección, itinerancia y otros.
- Sexenios docentes por formación permanente reconocida (componente singular de carrera horizontal).
- Complementos autonómicos en la mayoría de CCAA.
Las dos pagas extras incluyen el sueldo base, trienios, complemento de destino y específico íntegro.
Carrera horizontal: sexenios
El componente más distintivo de la carrera docente es el sexenio o componente singular de formación permanente. Tras cada periodo de seis años de servicios efectivos docente y con la acreditación de 100-130 horas de formación permanente reconocida, el maestro consolida un sexenio que se traduce en un complemento mensual añadido.
El maestro puede consolidar hasta cinco sexenios a lo largo de su carrera, con incrementos retributivos progresivos.
Movilidad
La movilidad del personal del Cuerpo de Maestros se canaliza por:
- Concurso General de Traslados (estatal, cada dos años): permite cambiar de CCAA con plaza definitiva.
- Concurso autonómico: traslados dentro de la misma CCAA.
- Comisiones de servicio humanitarias o por necesidades del servicio.
Jubilación
La edad ordinaria de jubilación es la general del régimen aplicable (Clases Pasivas para ingresados antes de 2011, RGSS desde esa fecha), con posibilidad de jubilación anticipada específica para el personal docente con condiciones tasadas.
Existe también la prórroga voluntaria hasta los 70 años en términos del EBEP.
Ver también
- Profesor de Enseñanza SecundariaCuerpo docente del subgrupo A1 que imparte enseñanzas regladas en ESO, Bachillerato y Formación Profesional al servicio de las administraciones educativas.
- Sexenio docenteComponente singular de formación permanente del personal docente público que se devenga cada seis años de servicios efectivos acreditando formación reconocida.
- Carrera verticalProgresión profesional del funcionario mediante el ascenso a puestos de mayor nivel o responsabilidad dentro de la estructura administrativa.
- EBEP — Estatuto Básico del Empleado PúblicoTexto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 que regula el régimen general del empleo público en España.