También se conoce como
- Pérdida de la condición de funcionario de carrera
Qué es
La pérdida de la condición de funcionario es la extinción definitiva de la relación de servicio con la Administración. El EBEP la regula con causas tasadas: solo se pierde la condición por los motivos que la ley enumera, lo que es una garantía de la estabilidad del empleo público.
Causas
- Renuncia voluntaria a la condición de funcionario, que debe ser aceptada y no exime de responsabilidades pendientes.
- Pérdida de la nacionalidad exigida para el acceso.
- Sanción disciplinaria de separación del servicio, impuesta por falta muy grave con las debidas garantías.
- Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público, impuesta por sentencia firme.
- Jubilación total del funcionario.
Efectos
La pérdida de la condición extingue todos los derechos derivados de la relación de servicio, salvo los ya consolidados (como los derechos pasivos correspondientes al tiempo servido). En el caso de la jubilación, da paso a la pensión; en el caso de la separación o la inhabilitación, supone la salida del servicio.
Reversibilidad
Algunas causas son reversibles mediante la rehabilitación: extinguida la pena de inhabilitación o desaparecida la incapacidad que motivó la jubilación por incapacidad, puede recuperarse la condición. Otras, como la separación del servicio por sanción, son en principio definitivas. Por su gravedad, las causas de pérdida exigen procedimiento con garantías y son recurribles.
Ver también
- Rehabilitación del funcionarioRecuperación de la condición de funcionario perdida por condena o incapacidad, una vez extinguida la causa que la motivó.
- Sanción disciplinariaMedida punitiva impuesta al funcionario por la comisión de una falta disciplinaria, tras procedimiento contradictorio y con garantías de defensa.
- Jubilación forzosa del funcionariadoCese obligatorio del servicio activo al cumplir la edad fijada por la ley, normalmente 65 años, prorrogable voluntariamente en los términos previstos.