También se conoce como
- Permiso por reproducción asistida
Qué es
Es el derecho del funcionario a ausentarse del trabajo por el tiempo necesario para la realización de técnicas de fecundación o reproducción asistida, con derecho a la retribución, previo aviso y justificación de la necesidad de realizarlas dentro de la jornada de trabajo.
Cómo funciona
El permiso cubre el tiempo imprescindible para las pruebas y tratamientos cuando deban hacerse en horario laboral. No es un permiso de duración fija: se ajusta a las citas y procedimientos médicos, que deben justificarse. Por su naturaleza, suele ejercerse de forma fraccionada a lo largo del proceso.
A quién corresponde
Corresponde a la persona que se somete al tratamiento. La normativa de conciliación del empleo público lo reconoce de forma expresa, como parte del refuerzo de los derechos vinculados a la maternidad, la paternidad y la salud reproductiva. Algunas administraciones amplían su alcance al acompañamiento de la pareja en determinadas fases.
Relación con otros permisos
Es independiente del permiso por maternidad y del permiso por nacimiento para el progenitor distinto de la madre biológica, que se disfrutan tras el nacimiento. El permiso por técnicas de reproducción asistida opera antes, en la fase de tratamiento. También es compatible con los permisos por exámenes prenatales y preparación al parto. Su regulación concreta —aviso, justificación, alcance— corresponde a la normativa de cada administración dentro del marco del EBEP.
Ver también
- Permiso retribuidoAusencia temporal del puesto de trabajo, autorizada por causas tasadas, durante la cual el funcionario sigue percibiendo sus retribuciones.
- Conciliación corresponsableConjunto de permisos y medidas orientados a repartir de forma equilibrada los cuidados familiares.
- Permiso de maternidadPermiso retribuido del que disfruta la madre biológica del funcionario por nacimiento, equiparado en duración al permiso de paternidad desde la reforma de 2018-2021.