Definición
La promoción interna es el sistema regulado en los artículos 18 y 75 del EBEP que permite a un funcionario de carrera acceder a un Cuerpo o Escala del subgrupo inmediatamente superior, en convocatorias específicamente reservadas.
Es uno de los principales mecanismos de carrera vertical del personal funcionario: progresar a un subgrupo mejor retribuido y con mayor responsabilidad sin tener que «competir» con aspirantes externos.
Tipos
- Promoción interna vertical: paso a un Cuerpo o Escala de subgrupo inmediatamente superior (C2 → C1, C1 → A2, A2 → A1).
- Promoción interna horizontal: cambio de Cuerpo o Escala dentro del mismo subgrupo (menos frecuente; requiere convocatoria expresa).
Requisitos generales
- Antigüedad mínima de dos años de servicios efectivos en el Cuerpo de origen.
- Titulación requerida para el subgrupo de destino.
- Reunir los requisitos generales de la convocatoria (no separación del servicio, no inhabilitación, etc.).
Procedimiento
- Convocatoria pública en el BOE o boletín autonómico equivalente, separada o conjunta con la convocatoria de turno libre.
- Pruebas selectivas (oposición o concurso-oposición) específicas para promoción interna. Suelen ser menos exigentes que las de turno libre porque presuponen el conocimiento práctico adquirido en la Administración.
- Reserva de un porcentaje de plazas para promoción interna en cada Oferta de Empleo Público (artículo 75.3 del EBEP: hasta el 50 % de las plazas convocadas).
Efectos
Al acceder al nuevo Cuerpo, el funcionario:
- Mantiene la antigüedad y los trienios reconocidos en el subgrupo de origen, que pasan a abonarse en la cuantía del nuevo subgrupo a partir del siguiente devengo.
- Conserva el grado personal consolidado y, en su caso, otros derechos económicos.
- Toma posesión de un puesto del nuevo Cuerpo, ya sea por adjudicación directa o por concurso posterior.
Ver también
- OposiciónSistema de acceso al empleo público consistente en la celebración de una o varias pruebas selectivas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes.
- Concurso-oposiciónSistema selectivo mixto que combina pruebas selectivas (oposición) con la valoración de méritos previos del aspirante (concurso).
- Grado personal consolidadoNivel de complemento de destino consolidado por el funcionario tras desempeñar uno o varios puestos del mismo nivel durante un periodo legalmente previsto.