Para 2026, los Presupuestos Generales del Estado no se han aprobado: España sigue prorrogando los del ejercicio 2023 (Ley 31/2022, de 23 de diciembre). En estas condiciones, las cifras retributivas del personal funcionario no se fijan por la Ley anual de PGE, como suele ser habitual, sino por Reales Decretos-leyes que actualizan las cantidades vigentes a 31 de diciembre del año anterior.
La cadena que sostiene la nómina vigente
La cuantía retributiva vigente para 2026 es el resultado de aplicar, en cadena, varios incrementos:
- Base 2023 — Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (BOE-A-2022-22128). Es la última tabla retributiva publicada completa.
- Subida 2024 — Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, fijó el 2 % fijo para 2024, más un 0,5 % adicional vinculado a la evolución del IPCA armonizado. El adicional se aplicó tras confirmarse el cumplimiento de la condición, conforme a la Resolución de 2 de julio de 2025 (BOE-A-2025-13617).
- Subida 2025 — Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre (BOE-A-2025-24445), aprobó con efectos 1 de enero de 2025 un incremento global del 2,5 % sobre las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2024.
- Subida 2026 — el mismo RDL 14/2025 fijó para 2026 un incremento del 1,5 % fijo, más un eventual 0,5 % adicional condicionado a que el IPCA armonizado supere el 1,5 % al cierre del ejercicio.
Por qué importa el método
A efectos del funcionario lo que llega a la nómina es el resultado de la cadena, pero hay tres consecuencias prácticas que merecen atención:
- Retroactividad. Cuando un RDL llega meses después del 1 de enero (como sucedió con el RDL 14/2025 en diciembre), los atrasos correspondientes se abonan en un único pago.
- Adicionales condicionados. El 0,5 % adicional asociado al IPCA solo se aplica si se cumple la condición. Hasta entonces, la nómina mensual incluye únicamente la subida fija.
- Acuerdo marco 2025-2028. El RDL 14/2025 se aprobó en aplicación del acuerdo firmado el 27 de noviembre de 2025 entre el Gobierno y los sindicatos UGT y CSIF. Este acuerdo fija un compromiso retributivo plurianual y orienta las negociaciones de los siguientes ejercicios.
El problema del «sin PGE»
La situación de prórroga reiterada plantea dos limitaciones que afectan al empleo público más allá de la subida nominal:
- Tasa de reposición: cuando no hay PGE nuevo, la tasa que regula cuántas plazas pueden ofertarse cada año queda congelada o se aprueba por RDL específico, con menor previsibilidad.
- Estabilidad presupuestaria: la masa salarial y los créditos de personal funcionan con prórrogas, lo que dificulta la creación de plazas estructurales nuevas y la actualización de RPT con CD y CE renovados.
Esto explica por qué muchos sindicatos del sector público presionan tanto por la aprobación de PGE nuevos: la prórroga es operativa para retribución pero limitada para reformar estructura.
Cómo lo trata el observatorio
funcionariosde.com aplica una estrategia de tabla base más serie de incrementos:
- Almacenamos la tabla literal del PGE 2023 (Ley 31/2022) con su BOE de origen.
- Almacenamos cada RDL posterior como un registro de incremento con su porcentaje fijo, su porcentaje adicional, su condición y su BOE.
- La cifra que mostramos para un año determinado es la base aplicando los incrementos en cadena, citando todas las normas implicadas.
Esto permite que cualquier lector reproduzca el cálculo y verifique cada paso con la norma original.
Lo que queda por ver
- Si el 0,5 % adicional para 2026 se confirma a la luz del IPCA armonizado al cierre del año, lo recogerá una resolución específica análoga a la de 2025.
- Si el Gobierno presenta un PGE plurianual o si la situación de prórroga continúa, lo que afectaría a la estructura de plazas pero no necesariamente a la retribución, que ya está atada al RDL 14/2025.
Fuentes
- BOE-A-2024-12880 — RDL 4/2024.
- BOE-A-2025-13617 — Confirmación del 0,5 % adicional IPCA 2024.
- BOE-A-2025-24445 — RDL 14/2025.
Ver también Retribuciones y Metodología.