También se conoce como
- Administración de las CCAA
Qué es
La Administración autonómica es el conjunto de órganos administrativos de cada comunidad autónoma. Comprende la Presidencia, las consejerías y los organismos vinculados o dependientes. Está prevista en el Título VIII de la Constitución y desarrollada por los Estatutos de Autonomía y las leyes propias de organización y función pública de cada comunidad.
Es la administración con mayor volumen de empleo público en España, principalmente por la transferencia de las grandes competencias en sanidad, educación y servicios sociales.
Personal autonómico
El personal funcionario autonómico se estructura en:
- Cuerpos generales de la administración autonómica.
- Cuerpos especiales (técnicos superiores, gestión, administrativos, auxiliares, subalternos en extinción).
- Personal docente no universitario y universitario adscrito a las universidades públicas autonómicas.
- Personal estatutario sanitario del Servicio de Salud autonómico, regulado por la Ley 55/2003 del Estatuto Marco.
- Personal de policía autonómica donde existe (Mossos d'Esquadra, Ertzaintza, Policía Foral de Navarra, Policía Canaria, Unidades del Cuerpo Nacional de Policía adscritas).
- Personal de Justicia transferido, en las CCAA con competencias asumidas.
Marco normativo
El marco normativo se compone de:
- TREBEP como legislación básica del Estado, vinculante.
- Ley autonómica de función pública, que desarrolla el TREBEP en el ámbito de cada CCAA.
- Estatutos específicos sectoriales (docente, sanitario, de policía).
- Decretos de RPT y de retribuciones.
Las cuantías de las retribuciones básicas son comunes con la AGE (legislación básica). Las complementarias se fijan por la propia comunidad autónoma dentro de los porcentajes globales de incremento autorizados por la LPGE.
Provisión y carrera
Las administraciones autonómicas convocan sus propias Ofertas de Empleo Público, oposiciones, concursos y procesos de provisión. La carrera profesional horizontal está más desarrollada en algunas comunidades (carrera profesional sanitaria generalizada, complemento de carrera profesional en CCAA como Galicia, Comunidad Valenciana, La Rioja).
Existen mecanismos de movilidad interadministrativa entre AGE, autonómica y local, con normativa específica.
Volumen y reparto
Por tamaño de plantilla, la administración autonómica es la más numerosa. La distribución se concentra en:
- Servicios autonómicos de salud (mayor bloque, en torno a la mitad del empleo autonómico).
- Personal docente no universitario.
- Administración general autonómica.
- Policías autonómicas y servicios de emergencias.
Los datos detallados los publica semestralmente el BEPSAP (INAP) por sector y CCAA.
Convivencia con la AGE
En el territorio de una comunidad autónoma conviven personal estatal (Delegación del Gobierno, ministerios, AEAT, Seguridad Social, Justicia no transferida, FCSE estatales) y personal autonómico. Cada uno se rige por su propia normativa de función pública, con régimen retributivo y de carrera distintos.
Ver también
- Administración General del EstadoConjunto de órganos centrales y periféricos de la Administración estatal española, dirigida por el Gobierno y estructurada en ministerios.
- Administración localConjunto de entes locales (ayuntamientos, diputaciones, cabildos, consejos insulares, mancomunidades) con personal funcionario propio y de habilitación nacional.
- RPT — Relación de Puestos de TrabajoInstrumento técnico de cada Administración Pública que ordena su personal y describe cada puesto: denominación, requisitos, nivel, complementos y forma de provisión.
- EBEP — Estatuto Básico del Empleado PúblicoTexto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 que regula el régimen general del empleo público en España.