También se conoce como
- Complemento transitorio
Qué es
El complemento de destino transitorio es un mecanismo de garantía que evita una bajada brusca de retribución cuando un funcionario pasa a desempeñar un puesto con nivel de complemento de destino inferior al que venía percibiendo y todavía no tiene consolidado el grado personal del nivel anterior.
Cuándo aparece
El complemento de destino retribuye el nivel del puesto ocupado, no a la persona. Cuando el funcionario consolida el grado personal de un nivel (EBEP, artículo 70: tras dos años continuados o tres alternos en puestos de ese nivel o superior), conserva ese nivel como suelo aunque pase a puestos inferiores. Pero si el traslado se produce antes de consolidar el grado, no tiene ese suelo.
Cómo funciona la transitoriedad
Para suavizar la pérdida, la normativa puede reconocer un complemento transitorio que cubre la diferencia entre el nivel anterior y el nuevo, de carácter decreciente: se absorbe con las sucesivas subidas retributivas o al consolidar el grado del nuevo puesto. No es un derecho permanente, sino un puente.
Diferencia con el grado consolidado
El grado personal consolidado es un derecho definitivo: actúa como suelo retributivo de por vida. El complemento de destino transitorio, en cambio, es una protección temporal para situaciones de tránsito en las que aún no hay grado consolidado. Una vez absorbido, desaparece.
Relación con el complemento personal transitorio
Es una figura emparentada con el complemento personal transitorio, que cumple una función equivalente de garantía decreciente respecto al conjunto de las retribuciones cuando una reordenación las reduce.
Ver también
- Complemento de destinoRetribución complementaria vinculada al nivel del puesto de trabajo (14-30) que figura en la Relación de Puestos de Trabajo.
- Grado personal consolidadoNivel de complemento de destino consolidado por el funcionario tras desempeñar uno o varios puestos del mismo nivel durante un periodo legalmente previsto.
- Complemento personal transitorioCantidad personal que compensa al funcionario una pérdida retributiva derivada de un cambio normativo, hasta su absorción gradual por subidas futuras.