También se conoce como
- Recibo de salarios
Qué es
La nómina del funcionario es el documento mensual en el que se desglosan las retribuciones íntegras percibidas, los descuentos aplicables y el importe líquido. Su contenido y estructura no son uniformes entre administraciones, pero la composición material está fijada por el artículo 23 y siguientes del EBEP.
Componentes
Las retribuciones se dividen en básicas y complementarias.
Retribuciones básicas:
- Sueldo base del subgrupo (A1, A2, B, C1, C2, AP).
- Trienios consolidados.
- Pagas extraordinarias de junio y diciembre.
Retribuciones complementarias:
- Complemento de destino, ligado al nivel del puesto.
- Complemento específico, fijado en la Relación de Puestos de Trabajo.
- Productividad y, en su caso, gratificaciones por servicios extraordinarios.
A todo ello se añaden, cuando proceden, indemnizaciones por razón de servicio (no son retribución en sentido estricto).
Descuentos
Del importe íntegro se descuentan:
- La cuota mutualista (MUFACE, MUGEJU o ISFAS) o, en su defecto, la cotización al Régimen General de la Seguridad Social cuando el funcionario ingresó desde el 1 de enero de 2011.
- La cotización a Clases Pasivas del Estado, también para ingresados antes de 2011.
- La retención a cuenta del IRPF según el tipo aplicable a la situación personal y familiar.
- Cualquier embargo o cesión judicial firme.
El líquido a percibir es la diferencia entre el íntegro y los descuentos.
Periodicidad
La nómina ordinaria se paga mensualmente. Las pagas extraordinarias de junio y diciembre incluyen, desde 2007 en la Administración General del Estado, el sueldo base, los trienios y la totalidad del complemento de destino y del complemento específico.
Atrasos
Cuando una norma retributiva entra en vigor con efectos retroactivos, los importes se liquidan como atrasos en una nómina específica, sujetos a su propia retención de IRPF y a las cotizaciones correspondientes al periodo devengado.
Ver también
- Retribución básicaParte de la retribución del funcionario que depende del subgrupo de adscripción: sueldo base, trienios y pagas extraordinarias.
- Retribución complementariaRetribuciones del funcionario que dependen del puesto desempeñado y del rendimiento: complemento de destino, específico, productividad y gratificaciones.
- TrienioRetribución básica que reconoce la antigüedad: se devenga por cada tres años de servicios efectivos en la Administración Pública.
- Complemento de destinoRetribución complementaria vinculada al nivel del puesto de trabajo (14-30) que figura en la Relación de Puestos de Trabajo.
- Complemento específicoRetribución complementaria que retribuye las condiciones particulares del puesto: dificultad técnica, responsabilidad, dedicación, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad.