El turno de discapacidad es el cupo de plazas reservado en los procesos selectivos para personas que acreditan un grado de discapacidad igual o superior al mínimo establecido por la normativa vigente.
La reserva opera tanto en las convocatorias de acceso libre como en las de promoción interna cuando el número de plazas ofertadas supera el umbral que obliga a aplicarla. Las plazas reservadas que no se cubren en el turno de discapacidad se acumulan al turno libre, de forma que no se genera ninguna plaza vacante por este motivo. Esta acumulación se produce dentro de la misma convocatoria y a favor de los aspirantes del turno libre que hayan quedado en lista de espera.
Para concurrir por este turno, el aspirante debe acreditar su condición ante el tribunal calificador mediante la documentación pertinente. La compatibilidad del grado de discapacidad con el desempeño de las funciones del cuerpo o escala al que se aspira también puede ser objeto de revisión por parte del tribunal médico que la administración designe.
Afecta a todas las administraciones públicas que convoquen procesos selectivos por encima del umbral numérico de plazas establecido: Administración General del Estado, comunidades autónomas, corporaciones locales y organismos dependientes. Las convocatorias con un número reducido de plazas pueden quedar exentas de aplicar la reserva, aunque la tendencia normativa apunta a su extensión progresiva.
El turno de discapacidad no es la única medida de integración en el empleo público: existen también adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, y algunas administraciones contemplan medidas adicionales de apoyo en la fase de incorporación.
Resulta distinto del turno libre y de los cupos de acceso por promoción interna, aunque en la práctica los tres turnos compiten por un conjunto de plazas extraídas de la misma oferta de empleo público.
Véase también: oposición, oferta de empleo público, concurso-oposición.
Ver también
- OposiciónSistema de acceso al empleo público consistente en la celebración de una o varias pruebas selectivas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes.
- Oferta de Empleo Público (OEP)Instrumento anual de cada Administración Pública que aprueba las plazas vacantes que se van a cubrir mediante procesos selectivos.
Turno de discapacidad en la nómina: cuánto cobra cada cuerpo
Los términos del glosario se concretan en cifras distintas según el cuerpo. Estas fichas dan el importe de cada uno.
- Cuerpo Técnico Medio de la Administración Local
- Inspector de Policía Local
- Subinspector de Policía Local
- Trabajador Social Municipal
- Técnicos de Gestión de Administración Local
- Cuerpo Administrativo de la Administración Local
Cifra de sueldo base anual del subgrupo según el anexo retributivo del PGE; no incluye complemento de destino, específico, trienios ni productividad. Catálogo completo en todos los cuerpos.