¿Cuánto cobra un funcionario de Cuerpo Técnico Medio de la Administración Local?
En 2026, el subgrupo A2 parte de un sueldo base de 14.394,24 € anuales (PGE). Con el complemento de destino del nivel 16, de entrada del subgrupo A2 (intervalo 16-26) y sin trienios, el bruto orientativo ronda 19.647,00 € y el neto, unos 15.128,19 € al año (1260,68 €/mes), con retención IRPF orientativa del 23,00 %. El complemento específico del puesto y la productividad, no públicos por puesto, elevan la cifra.
Novedad: la subida salarial vigente actualiza estas cifras. Sigue las novedades retributivas en actualidad.
Del bruto al neto (ejemplo orientativo)
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Sueldo base (subgrupo A2) | 14.394,24 € |
| Complemento de destino (nivel 16) | 5252,76 € |
| Bruto anual | 19.647,00 € |
| IRPF orientativo (23,00 %) | −4518,81 € |
| Neto anual orientativo | 15.128,19 € |
| Neto mensual orientativo (÷ 12) | 1260,68 € |
Estimación informativa, no vinculante. No incluye complemento específico ni productividad: varían por puesto y no se publican de forma homogénea. Ajusta tu nivel, trienios y específico en la calculadora de sueldo, y compara el neto entre comunidades en la calculadora de neto por CCAA.
Evolución del sueldo base del subgrupo A2
| Año | Sueldo base | Trienio | Pagas extra |
|---|---|---|---|
| 2026 | 14.394,24 € | 522,48 € | 1749,66 € |
| 2025 | 14.181,48 € | 514,80 € | 1723,80 € |
| 2024 | 13.835,64 € | 502,20 € | 1681,76 € |
| 2023 | 13.432,92 € | 487,56 € | 1632,82 € |
| 2022 | 12.852,72 € | 466,56 € | 1562,30 € |
| 2021 | 12.600,72 € | 457,44 € | 1531,66 € |
Serie del subgrupo según el anexo retributivo del PGE de cada año. Detalle completo en el subgrupo A2.
- Código interno
tecnico-medio-local- Subgrupo
- A2 — Subgrupo A2
- Ámbito
- Administración local
El cuerpo en profundidad
El Cuerpo Técnico Medio de la Administración Local agrupa al personal funcionario del subgrupo A2 con titulación universitaria de grado al servicio de los ayuntamientos y diputaciones provinciales. Actúa como cuerpo intermedio entre los técnicos superiores (A1) y los administrativos (C1), con responsabilidad sobre tareas técnicas especializadas en la gestión municipal.
Funciones
- Instrucción de procedimientos administrativos complejos: licencias urbanísticas, expedientes sancionadores, contratación pública local.
- Apoyo técnico a los servicios municipales: urbanismo, hacienda local, servicios sociales, cultura, deportes.
- Coordinación de equipos administrativos del subgrupo C1 y C2.
- Elaboración de informes técnicos y propuestas de resolución.
- Gestión de subvenciones europeas y autonómicas que recibe el ayuntamiento.
Acceso
Acceso por oposición libre o concurso-oposición convocados por cada entidad local. Requisitos: título universitario de Grado (típicamente Derecho, ADE, Económicas, Trabajo Social u otros relacionados según el puesto). El temario aborda derecho administrativo, régimen local (Ley 7/1985), procedimiento administrativo común (Ley 39/2015), contratación pública (Ley 9/2017), hacienda local y, según el puesto, materias técnicas específicas.
Encaje retributivo y carrera
Subgrupo A2 con régimen del personal funcionario local: sueldo base estatal, complemento de destino (intervalo CD habitual 20-26), complemento específico fijado por acuerdo plenario, trienios. La progresión vertical típica es la promoción interna al Cuerpo Técnico Superior local (A1) con titulación de grado superior.
Marco normativo
Cuerpo regulado por la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, el RD Legislativo 781/1986 y el RD 861/1986 sobre régimen retributivo del personal funcionario local, más el TREBEP como derecho básico estatal.
Funciones en detalle
El técnico medio de la administración local ejecuta tareas especializadas que requieren criterio técnico y no solo tramitación mecánica: instrucción de expedientes de licencias urbanísticas con verificación del cumplimiento de la normativa sectorial, redacción de informes técnicos para contratación de obras y servicios, gestión de subvenciones con justificación ante organismos financiadores (diputaciones, comunidades autónomas, fondos europeos), elaboración de pliegos de condiciones para licitaciones de servicios municipales y participación en mesas de contratación. En áreas de urbanismo puede realizar mediciones, valoraciones de suelo y apoyo al técnico superior en la tramitación de planes. En servicios sociales puede asumir la coordinación de programas de atención a dependientes o de inserción laboral. La amplitud de funciones depende del tamaño del ayuntamiento: en municipios pequeños el técnico medio es con frecuencia el único profesional con titulación universitaria disponible para múltiples materias.
Acceso y proceso selectivo
El acceso es mediante oposición o concurso-oposición convocado por cada entidad local. La titulación exigida es el grado universitario (cualquier rama en la mayoría de convocatorias, o específica según el área: ingeniería técnica, trabajo social, ADE). Las pruebas son diseñadas por cada ayuntamiento, lo que genera variabilidad significativa en el nivel de exigencia y en los temarios. El funcionario de carrera que accede por oposición tiene estabilidad plena; el acceso por bolsa de interinidad es también muy habitual en administraciones locales pequeñas con baja dotación presupuestaria.
Carrera profesional y destinos
La carrera del técnico medio local es esencialmente vertical dentro del mismo ayuntamiento o diputación: el ascenso al subgrupo A1 mediante promoción interna es el escalón natural, condicionado a la obtención de titulación superior y la superación de las pruebas restringidas. La movilidad entre entidades locales requiere superar nuevas oposiciones salvo en los casos en que existen acuerdos de movilidad supramunicipal o plazas en diputaciones de ámbito provincial. El grado personal se consolida con el tiempo de servicio e influye en la retribución. El complemento de destino refleja el nivel del puesto y el complemento específico la complejidad y responsabilidad. Consulta /retribuciones y /nivel-cd para la estructura completa.
Jubilación y mutualidad
Los técnicos medios de la administración local están encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social. No pertenecen a MUFACE. La pensión de jubilación se calcula conforme a las reglas generales de Seguridad Social, con la peculiaridad de que los funcionarios locales de ingreso anterior a determinada fecha se rigen por el régimen de Clases Pasivas del Estado, aunque este caso es cada vez menos frecuente en las plantillas activas. Los trienios acumulados inciden directamente en la retribución mensual. Para una estimación usa la calculadora de sueldo funcionario.
En su colectivo
Dentro de la administración local, el técnico medio comparte espacio con los técnicos superiores (A1) y los administrativos (C1) en una estructura más plana que en la AGE o las CCAA. La heterogeneidad de condiciones entre ayuntamientos de distinto tamaño y presupuesto genera diferencias retributivas considerables: un técnico medio en un municipio grande con buen convenio puede percibir una retribución muy superior a la de uno equivalente en un municipio pequeño con recursos escasos. Esta fragmentación es una de las características estructurales más marcadas del empleo público local.
Sueldo de Cuerpo Técnico Medio de la Administración Local por año
Ficha retributiva anual con la cifra de sueldo base, trienio y pagas extraordinarias del subgrupo A2 aplicada al cuerpo, con cita BOE del PGE o RDL vigente en cada ejercicio.
Sueldo 2010 · Sueldo 2011 · Sueldo 2012 · Sueldo 2013 · Sueldo 2014 · Sueldo 2015 · Sueldo 2016 · Sueldo 2017 · Sueldo 2018 · Sueldo 2019 · Sueldo 2020 · Sueldo 2021 · Sueldo 2022 · Sueldo 2023 · Sueldo 2024 · Sueldo 2025 · Sueldo 2026
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