Resumen ejecutivo
Determinadas unidades militares y de las FCSE desarrollan misiones de alta especialización, riesgo o disponibilidad que justifican un régimen retributivo complementario y singular: la Unidad Militar de Emergencias (UME), la Brigada Paracaidista (BRIPAC), la Guardia Real, los GEO de la Policía Nacional o el GAR de la Guardia Civil son ejemplos. Su régimen ordinario sigue siendo el del personal militar o policial general (Ley 39/2007, Ley 29/2014, Ley Orgánica 9/2015, Ley Orgánica 11/2007), pero perciben complementos específicos por la operatividad exigida.
Marco normativo general
El régimen retributivo del personal militar y de FCSE se rige por sus leyes específicas:
- Ley 39/2007 de la carrera militar para personal de las FAS.
- Ley 29/2014 de régimen de personal de la Guardia Civil.
- Ley Orgánica 9/2015 de régimen de personal de la Policía Nacional.
- Ley Orgánica 11/2007 del régimen de la Guardia Civil.
Sobre ese marco general, cada unidad singular añade complementos específicos que compensan riesgos, disponibilidad continuada, especialización técnica o exigencias físicas particulares. Los complementos se aprueban por Real Decreto específico de cada cuerpo y se actualizan periódicamente.
Unidad Militar de Emergencias (UME)
Creada por Real Decreto 416/2006 y desarrollada por el RD 1097/2011, la UME es una unidad de las Fuerzas Armadas con misión específica de intervención en emergencias: incendios forestales, inundaciones, terremotos, accidentes graves, riesgos químicos y biológicos, rescates en montaña, gran nevada.
- Despliegue territorial: cinco batallones de intervención repartidos por España, más unidades de apoyo en Torrejón.
- Régimen operativo: disponibilidad continuada con activación rápida (24/48 horas) ante emergencias declaradas.
- Personal: militares profesionales de carrera, suboficiales y tropa, con especialización específica.
- Complementos: complemento de empleo y mando del régimen general más complementos específicos por disponibilidad, especialización y, durante operaciones, plus operacional.
Brigada Paracaidista (BRIPAC)
La Brigada Paracaidista "Almogávares" VI es una unidad del Ejército de Tierra con sede en Paracuellos del Jarama (Madrid). Su característica diferencial es la cualificación para operaciones aerotransportadas y de proyección rápida.
- Composición: tres batallones de infantería paracaidista, batería de artillería, compañía de zapadores y unidades de apoyo.
- Misiones: intervención rápida en zonas de operaciones, operaciones especiales en el extranjero, proyección internacional.
- Régimen retributivo: añade al complemento general el complemento por operatividad y disponibilidad y el plus de actividad paracaidista mientras el personal mantiene la cualificación operativa.
Guardia Real
La Guardia Real es la unidad militar dependiente de la Casa de Su Majestad el Rey que asume la escolta personal del Rey, miembros de la Familia Real y altos invitados del Estado, así como la seguridad de los Palacios Reales y la representación ceremonial.
- Composición: integrada por personal militar profesional de los tres ejércitos y personal de la Guardia Civil destinados a la Casa Real con régimen específico.
- Régimen retributivo: complementos específicos por la naturaleza de la unidad y por dedicación.
Unidades especiales de la Guardia Civil
La Guardia Civil tiene varias unidades con régimen operativo singular:
- GAR (Grupo de Acción Rápida): unidad de intervención rápida con especialización antiterrorista y de orden público.
- UEI (Unidad Especial de Intervención): unidad de élite del Servicio de Intervención para operaciones de rescate de rehenes, antiterrorismo y alto riesgo.
- GREIM (Grupos de Rescate e Intervención en Montaña): rescate en alta montaña, espeleología y operaciones en terreno difícil.
- GEAS (Grupo Especial de Actividades Subacuáticas): operaciones subacuáticas, rescate, búsqueda y vigilancia marítima.
- SEPRONA (Servicio de Protección de la Naturaleza): protección del medio ambiente y persecución de delitos contra la fauna y la flora.
Cada una con complementos específicos por la especialización requerida.
Unidades especiales de la Policía Nacional
La Policía Nacional cuenta con varias unidades con régimen singular:
- GEO (Grupo Especial de Operaciones): unidad de élite para rescate de rehenes, operaciones antiterroristas y de alto riesgo.
- UIP (Unidades de Intervención Policial): orden público y disolución de concentraciones violentas.
- UPR (Unidades de Prevención y Reacción): refuerzo de la seguridad ciudadana en puntos calientes.
- Unidad Central de Inteligencia (UCI): investigación de terrorismo y crimen organizado.
Complementos específicos por operatividad y especialización.
Régimen común: disponibilidad y operatividad
Aunque cada unidad tiene su norma propia, hay patrones comunes:
- Disponibilidad permanente o casi permanente: el personal puede ser llamado a servicio fuera de la jornada ordinaria con activación rápida.
- Cualificación específica: paracaidismo, buceo, escalada, tirador selecto, operativa nocturna. La pérdida de la cualificación implica pérdida del complemento específico hasta recuperarla.
- Examen físico periódico y actualización formativa obligatoria.
- Plus de actividad u operatividad: complemento adicional cuando la unidad está en operación efectiva o despliegue.
Régimen disciplinario
El personal de estas unidades se rige por el régimen disciplinario militar (Ley Orgánica 8/2014) o por el régimen disciplinario de la Guardia Civil (Ley Orgánica 12/2007) o de la Policía Nacional (Ley Orgánica 4/2010) según corresponda. La naturaleza singular de la unidad no exime de las obligaciones generales del régimen.
Preguntas frecuentes
¿Cobra más un guardia civil en el GAR que en una comandancia ordinaria?
Sí, por los complementos específicos de operatividad y especialización. La diferencia exacta depende del empleo, antigüedad y del puesto concreto. El sueldo base y los trienios son los del régimen general de la Guardia Civil.
¿Es voluntario entrar en estas unidades?
Sí, en general. El destino se solicita y se accede tras superar pruebas selectivas físicas, médicas y, en algunos casos, psicológicas. La UEI, los GEO y unidades similares exigen pruebas particularmente exigentes con tasa de aprobado baja.
¿Hay límite de edad para permanecer en una unidad de élite?
Las unidades operativas tienen requisitos físicos exigentes que en la práctica imponen un techo: el personal debe superar exámenes periódicos. Cuando no los supera, pasa a destino administrativo o a otra unidad sin complementos operativos.
¿La UME es una unidad militar o de protección civil?
Es una unidad militar de las Fuerzas Armadas, dependiente del Ministerio de Defensa. Su misión es de protección civil ante emergencias, pero su personal es militar profesional con régimen militar pleno.
¿Pertenece la Guardia Real al Ejército o a la Casa Real?
Es una unidad militar dependiente de la Casa de Su Majestad el Rey, integrada por personal de los tres ejércitos y de la Guardia Civil destinado en comisión de servicios o destino específico. El régimen operativo lo define la Casa Real; el régimen militar general lo da la Ley 39/2007.
Fuentes
- Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
BOE-A-2007-19880. - Ley 29/2014, de régimen de personal de la Guardia Civil.
BOE-A-2014-12068. - Ley Orgánica 9/2015, de régimen de personal de la Policía Nacional.
BOE-A-2015-7836. - Real Decreto 416/2006, de creación de la UME.
BOE-A-2006-7233.