La falta grave es una infracción disciplinaria de gravedad intermedia que el empleado público puede cometer en el ejercicio de sus funciones, sancionable con suspensión de funciones por un período determinado, traslado forzoso dentro de la localidad o, según la normativa aplicable, con otras consecuencias proporcionales a la entidad del incumplimiento.
El régimen disciplinario del empleo público distingue tres niveles de infracción: la falta leve, la falta grave y la falta muy grave. La falta grave ocupa el escalón central de esa escala. Su catálogo está recogido en el marco legal que regula el empleo público, aunque las administraciones pueden concretar y ampliar dicho catálogo mediante normas propias o convenios colectivos aplicables al personal laboral.
Entre las conductas que la legislación califica habitualmente como falta grave se encuentran el incumplimiento injustificado del horario o jornada de trabajo cuando alcanza cierta reiteración, la desobediencia a instrucciones legítimas de superiores jerárquicos, la desconsideración grave hacia los ciudadanos o compañeros, el abuso de autoridad, la emisión de informes manifiestamente negligentes, o la falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento del servicio.
La apertura de expediente disciplinario es preceptiva antes de imponer cualquier sanción por falta grave. Este procedimiento garantiza al empleado el derecho de audiencia, la posibilidad de presentar alegaciones y, en su caso, de recurrir la resolución. El plazo de prescripción de las faltas graves es más extenso que el de las leves.
Las sanciones impuestas por faltas graves pueden cancelarse transcurrido el tiempo que marque la normativa, siempre que no se cometan nuevas infracciones durante ese período. La acumulación de faltas graves puede agravar la calificación del comportamiento en una fase disciplinaria posterior.
Para comprender el conjunto del sistema sancionador, consulta régimen disciplinario. Las infracciones de mayor gravedad se describen en la entrada sobre falta muy grave.