- Código interno
guardia-civil- Ámbito
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
- Norma de referencia
- LO 11/2007
El cuerpo en profundidad
La Guardia Civil es uno de los dos cuerpos de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE). Tiene naturaleza militar (artículo 9 de la LO 11/2007) y depende funcionalmente del Ministerio del Interior en sus misiones civiles y del Ministerio de Defensa en las militares. Está organizada en escalas profesionales con rangos militares.
Funciones
- Seguridad ciudadana en el medio rural y en las vías interurbanas de todo el territorio nacional (en exclusiva en municipios menores de 20.000 habitantes y en núcleos rurales).
- Tráfico: regulación, vigilancia y atestados en las vías interurbanas estatales (salvo en CCAA con policía autonómica integral con competencia transferida).
- Resguardo fiscal: lucha contra el contrabando, fraude fiscal y operaciones aduaneras (Servicio de Vigilancia Aduanera está integrado en la GC desde 2024).
- Policía judicial: investigación criminal en delitos cometidos en su ámbito competencial.
- SEPRONA (Servicio de Protección de la Naturaleza): delitos medioambientales y contra el patrimonio histórico.
- GEAS (Grupo Especial de Actividades Subacuáticas).
- UME participa parcialmente la GC en operaciones conjuntas.
- Funciones militares en operaciones de paz y en la defensa nacional.
- Protección de personalidades y seguridad de altos cargos del Estado.
Escalas y acceso
- Cabos y Guardias: ingreso desde tropa profesional FAS o por convocatoria libre con título de Bachillerato. Formación en la Academia de Guardias de Baeza (Jaén) y en la Academia de Cabos y Guardias de Valdemoro.
- Suboficiales: ingreso por promoción interna o por acceso directo con titulación superior. Formación en la Academia de Suboficiales de la Guardia Civil.
- Oficiales (A1): ingreso por la Academia General Militar de Zaragoza (formación común con el Ejército de Tierra) más la Academia de Oficiales de la Guardia Civil en Aranjuez. Despacho de teniente y titulación universitaria de Grado.
Régimen retributivo y mutualidad
Régimen del personal militar profesional con especificidades del cuerpo (naturaleza militar pero funciones civiles). Sueldo base por empleo, complementos por destino y por especialidad operativa (USECIC, GAR, UEI, SEPRONA, GRS), complementos de turnicidad y festividad. Mutualidad obligatoria: ISFAS.
Marco normativo
Regulada por la Ley Orgánica 11/2007 reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil (BOE-A-2007-18608), la Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2014-12159) y la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como marco básico (BOE-A-1986-7140).
Escalas del cuerpo
- Escala de Cabos y GuardiasC1
Tropa de la Guardia Civil.
- Escala de OficialesA1
Oficiales de la Guardia Civil.
- Escala de SuboficialesA2
Suboficiales de la Guardia Civil.
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Comparativas con Guardia Civil
Vista lado a lado con datos verificables y análisis derivado de las cifras oficiales.