Subgrupo · AP
Sin requisito de titulación específica
La Agrupación Profesional (AP) es la categoría introducida por el EBEP de 2007 (disposición adicional sexta) para sustituir al antiguo Grupo E de la Ley 30/1984, manteniendo en la clasificación funcionarial al personal cuyo acceso no exige titulación académica específica.
Acoge funciones de apoyo subalterno: ordenanzas, conserjes, vigilantes de inmuebles, mozos, peones, personal de limpieza con relación funcionarial (cuando existe), celadores en algunos servicios. En la AGE conserva un carácter residual y en extinción gradual por la digitalización de funciones de registro y consigna; en la Administración Local y en algunos servicios autonómicos sigue contando con plantillas significativas.
El sueldo base es el más bajo de la escala, fijado anualmente por la LPGE. La carrera vertical dentro del propio subgrupo es muy limitada; la progresión principal es la promoción interna al subgrupo C2 mediante proceso selectivo específico que exige el título de graduado en ESO o equivalente. La antigüedad acumulada en AP computa íntegramente para los trienios y para la consolidación de grado dentro del intervalo correspondiente.
Cuantías vigentes según el último anexo retributivo cargado en el observatorio (2026). Los importes anuales se refieren a las 12 mensualidades del sueldo y los trienios; las pagas extraordinarias se calculan aparte.
Fuente: BOE-A-2025-24445 · vigencia desde 2026-01-01. Importes posteriores incorporan los incrementos publicados; ver retribuciones.
Vista lado a lado con datos verificables y análisis derivado de las cifras oficiales.
Preguntas frecuentes
El sueldo base anual del subgrupo AP en el PGE vigente es 8153,23 €. La cifra incluye 12 mensualidades y se complementa con las dos pagas extraordinarias. No incluye trienios, complemento de destino, complemento específico ni productividad.
Para acceder al subgrupo AP se requiere ninguna titulación específica (agrupaciones profesionales del ebep). El requisito está fijado en el TREBEP artículo 76 y se concreta en cada convocatoria del cuerpo correspondiente.
Un trienio del subgrupo AP vale 200,65 € anuales en el PGE vigente. Se devenga cada 3 años de servicio efectivo en cualquier administración pública española (Ley 70/1978) y se cobra a partir del mes siguiente al cumplirse.
Cuerpos típicos AP: Personal Subalterno, Celadores del SNS y otros puestos sin requisito de titulación. El subgrupo AP sustituyó al antiguo grupo E del EBEP previo. Cada cuerpo se encuadra en su subgrupo según la titulación requerida y la naturaleza de las funciones. El catálogo completo de cuerpos del subgrupo AP está en el observatorio.