¿Cuánto cobra un funcionario de Médico de Familia (Atención Primaria)?
En 2026, el subgrupo A1 parte de un sueldo base de 16.646,88 € anuales (PGE). Con el complemento de destino del nivel 22, habitual en este cuerpo y 5 trienios, el bruto orientativo ronda 27.503,04 € y el neto, unos 20.352,25 € al año (1696,02 €/mes), con retención IRPF orientativa del 26,00 %. El complemento específico del puesto y la productividad, no públicos por puesto, elevan la cifra.
Novedad: la subida salarial vigente actualiza estas cifras. Sigue las novedades retributivas en actualidad.
Del bruto al neto (ejemplo orientativo)
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Sueldo base (subgrupo A1) | 16.646,88 € |
| Trienios (5 × 640,68 €) | 3203,40 € |
| Complemento de destino (nivel 22) | 7652,76 € |
| Bruto anual | 27.503,04 € |
| IRPF orientativo (26,00 %) | −7150,79 € |
| Neto anual orientativo | 20.352,25 € |
| Neto mensual orientativo (÷ 12) | 1696,02 € |
Estimación informativa, no vinculante. No incluye complemento específico ni productividad: varían por puesto y no se publican de forma homogénea (El sueldo real incorpora atención continuada (guardias en PAC), complemento de carrera profesional, productividad por TIS asignadas y complemento específico variable por CCAA. Aquí solo se calcula la base certera.). Ajusta tu nivel, trienios y específico en la calculadora de sueldo, y compara el neto entre comunidades en la calculadora de neto por CCAA.
Evolución del sueldo base del subgrupo A1
| Año | Sueldo base | Trienio | Pagas extra |
|---|---|---|---|
| 2026 | 16.646,88 € | 640,68 € | 1712,10 € |
| 2025 | 16.400,88 € | 631,20 € | 1686,80 € |
| 2024 | 16.000,80 € | 615,84 € | 1645,66 € |
| 2023 | 15.535,20 € | 597,96 € | 1597,76 € |
| 2022 | 14.864,16 € | 572,04 € | 1528,74 € |
| 2021 | 14.572,68 € | 560,88 € | 1498,76 € |
Serie del subgrupo según el anexo retributivo del PGE de cada año. Detalle completo en el subgrupo A1.
- Código interno
medico-familia- Subgrupo
- A1 — Subgrupo A1
- Norma de referencia
- Ley 55/2003
El cuerpo en profundidad
El Médico de Familia (Atención Primaria) es el médico especialista con vínculo estatutario que ejerce en los centros de salud y áreas básicas de salud del Sistema Nacional de Salud (SNS). Equivale al subgrupo A1. Es la puerta de entrada habitual del sistema sanitario público y el responsable de la atención longitudinal del paciente.
Funciones
- Atención sanitaria integral al paciente: prevención, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los problemas de salud agudos y crónicos.
- Atención longitudinal: seguimiento del paciente a lo largo del tiempo y de todo su ciclo vital.
- Coordinación con la atención hospitalaria: derivación a especialistas, interpretación de informes, manejo del paciente al alta hospitalaria.
- Atención domiciliaria a pacientes con dificultad para acudir al centro de salud (personas mayores, dependientes, paliativos).
- Atención urgente ambulatoria en el centro de salud y en el punto de atención continuada (PAC).
- Educación para la salud: promoción de hábitos saludables, prevención de enfermedades, vacunación.
- Docencia de residentes (MIR) en los centros docentes acreditados.
Acceso
Acceso por oposición o concurso-oposición convocados por cada servicio autonómico de salud. Requisitos: título de Grado en Medicina y título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria obtenido por la vía MIR (residencia de 4 años en unidades docentes acreditadas).
Encaje retributivo
Equivalente al subgrupo A1 con régimen del Estatuto Marco. Sueldo base, trienios, complemento específico (variable por puesto y CCAA), complemento de carrera profesional, complemento de atención continuada (guardias en PAC), complemento de productividad. Algunos servicios autonómicos retribuyen además por TIS adscritas (Tarjetas Individuales Sanitarias asignadas al cupo) y por resultados de salud. Mutualidad: en general RGSS salvo encuadre histórico distinto.
Marco normativo
Regulado por la Ley 55/2003 del Estatuto Marco (BOE-A-2003-23101), la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (BOE-A-2003-21340) y el RD 183/2008 sobre formación sanitaria especializada (MIR). La especialidad se rige por la Orden SCO/1198/2005 que aprueba el programa formativo.
Funciones en detalle
El médico de familia de atención primaria es el médico responsable de la atención longitudinal del paciente a lo largo del tiempo y de sus distintos episodios de salud. Sus funciones van mucho más allá de la consulta de demanda: incluyen la gestión de la cronicidad (hipertensión, diabetes, enfermedad pulmonar obstructiva, insuficiencia cardíaca), la atención domiciliaria a pacientes inmovilizados o en situaciones de dependencia, la coordinación con especialidades hospitalarias para derivaciones y seguimientos, y la elaboración de informes clínicos, partes de baja laboral e informes de incapacidad. El médico de familia también desempeña funciones de salud pública: actividades de prevención (vacunaciones, cribados), educación para la salud individual y grupal, y vigilancia epidemiológica local. La agenda diaria combina consultas presenciales, llamadas telefónicas o videoconsultas y visitas a domicilio, en un modelo de trabajo que varía según el servicio de salud autonómico.
Acceso y proceso selectivo
El acceso a plaza de médico de familia del SNS exige, además del título de Medicina, la obtención de la especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria mediante el sistema MIR (Médico Interno Residente). El período de residencia dura cuatro años y se realiza en unidades docentes acreditadas vinculadas a centros de salud. Una vez obtenida la especialidad, el acceso a plaza estatutaria fija se produce mediante oposición convocada por cada servicio autonómico de salud. El acceso a plazas de interinidad y sustitución es muy habitual incluso sin haber superado todavía la oposición. La nota MIR y la formación de residencia determinan de forma decisiva las posibilidades de acceso a las plazas más solicitadas en unidades docentes o áreas urbanas.
Carrera profesional y destinos
La movilidad entre centros de salud dentro del mismo servicio autonómico se gestiona mediante concurso de traslados. El acceso a puestos de tutor de residentes, coordinador de centro, director de atención primaria o médico de familia en unidades de soporte (urgencias de atención primaria, dispositivos de continuidad de cuidados) son los vectores habituales de desarrollo profesional. El paso a la especialidad hospitalaria desde atención primaria es posible pero requiere superar nuevamente el sistema de acceso hospitalario correspondiente. El complemento específico incorpora guardias, turnos de tarde y refuerzo de atención continuada, lo que puede elevar notablemente la retribución sobre el sueldo base. Consulta /retribuciones y /nivel-cd.
Jubilación y mutualidad
Los médicos de familia del SNS, como personal estatutario sanitario, están encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social. No pertenecen a MUFACE. La jubilación se rige por la normativa general, con posibilidad de jubilación anticipada si se cumplen los requisitos de cotización. Los trienios reconocidos como personal estatutario influyen en la retribución mensual acumulada a lo largo de la carrera. Para una estimación orientativa del sueldo neto y la proyección pensional consulta la calculadora de sueldo funcionario y /jubilacion.
En su colectivo
Dentro del colectivo de sanidad pública, el médico de familia es la figura central del primer nivel asistencial y el profesional con más contacto directo con la población. La presión asistencial, las listas de espera para consulta y el número de pacientes por cupo son los principales factores de tensión del colectivo. Los servicios autonómicos de salud con dificultades para cubrir plazas rurales o periurbanas han tenido que implementar incentivos económicos y de conciliación para atraer especialistas, lo que ha generado diferencias retributivas entre médicos de familia de distintas comunidades autónomas.
Sueldo de Médico de Familia (Atención Primaria) por año
Ficha retributiva anual con la cifra de sueldo base, trienio y pagas extraordinarias del subgrupo A1 aplicada al cuerpo, con cita BOE del PGE o RDL vigente en cada ejercicio.
Sueldo 2010 · Sueldo 2011 · Sueldo 2012 · Sueldo 2013 · Sueldo 2014 · Sueldo 2015 · Sueldo 2016 · Sueldo 2017 · Sueldo 2018 · Sueldo 2019 · Sueldo 2020 · Sueldo 2021 · Sueldo 2022 · Sueldo 2023 · Sueldo 2024 · Sueldo 2025 · Sueldo 2026
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