¿Cuánto cobra un funcionario de Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria?
En 2026, el subgrupo A1 parte de un sueldo base de 16.646,88 € anuales (PGE). Con el complemento de destino del nivel 20, de entrada del subgrupo A1 (intervalo 20-30) y sin trienios, el bruto orientativo ronda 23.247,00 € y el neto, unos 17.202,78 € al año (1433,56 €/mes), con retención IRPF orientativa del 26,00 %. El complemento específico del puesto y la productividad, no públicos por puesto, elevan la cifra.
Novedad: la subida salarial vigente actualiza estas cifras. Sigue las novedades retributivas en actualidad.
Del bruto al neto (ejemplo orientativo)
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Sueldo base (subgrupo A1) | 16.646,88 € |
| Complemento de destino (nivel 20) | 6600,12 € |
| Bruto anual | 23.247,00 € |
| IRPF orientativo (26,00 %) | −6044,22 € |
| Neto anual orientativo | 17.202,78 € |
| Neto mensual orientativo (÷ 12) | 1433,56 € |
Estimación informativa, no vinculante. No incluye complemento específico ni productividad: varían por puesto y no se publican de forma homogénea. Ajusta tu nivel, trienios y específico en la calculadora de sueldo, y compara el neto entre comunidades en la calculadora de neto por CCAA.
Evolución del sueldo base del subgrupo A1
| Año | Sueldo base | Trienio | Pagas extra |
|---|---|---|---|
| 2026 | 16.646,88 € | 640,68 € | 1712,10 € |
| 2025 | 16.400,88 € | 631,20 € | 1686,80 € |
| 2024 | 16.000,80 € | 615,84 € | 1645,66 € |
| 2023 | 15.535,20 € | 597,96 € | 1597,76 € |
| 2022 | 14.864,16 € | 572,04 € | 1528,74 € |
| 2021 | 14.572,68 € | 560,88 € | 1498,76 € |
Serie del subgrupo según el anexo retributivo del PGE de cada año. Detalle completo en el subgrupo A1.
- Código interno
catedraticos-secundaria- Subgrupo
- A1 — Subgrupo A1
- Ámbito
- Cuerpos docentes
El cuerpo en profundidad
El Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria es la categoría docente superior dentro de las enseñanzas medias del sistema educativo. Subgrupo A1, comparte funciones docentes con el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y añade responsabilidad de coordinación pedagógica, formación inicial del profesorado y participación en tribunales.
Funciones
- Docencia de la especialidad en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, con preferencia en cursos avanzados.
- Coordinación pedagógica del departamento didáctico de la especialidad en el centro educativo.
- Tutorización del profesorado en prácticas durante el proceso selectivo del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- Participación en tribunales de procesos selectivos del cuerpo de origen.
- Acceso preferente a jefaturas de departamento, dirección y orientación del centro.
Acceso
Acceso exclusivamente por promoción interna desde el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (PES). Requisitos: pertenencia al PES con antigüedad mínima (habitualmente 8 años), titulación universitaria correspondiente y superación del proceso selectivo de promoción interna convocado por la CCAA o por el Ministerio. La fase de oposición incluye exposición de una memoria pedagógica y prueba específica de la especialidad.
Encaje retributivo
Subgrupo A1: sueldo base del subgrupo, complemento general del puesto, complemento específico de cátedra (superior al del PES), trienios y sexenios docentes acumulados.
Marco normativo
Cuerpo regulado por la LOE (modificada por la LOMLOE) y por la normativa autonómica de desarrollo.
Funciones en detalle
El Catedrático de Enseñanza Secundaria imparte la especialidad en los niveles más avanzados de la etapa: los cursos de Bachillerato y los ciclos de FP de grado superior son los destinos habituales para el titular de esta categoría, aunque la asignación definitiva depende de las necesidades del centro. A esto se suma la función de coordinación pedagógica del departamento didáctico, que implica dirigir la programación conjunta de las asignaturas del departamento, supervisar la coherencia metodológica entre los profesores y representar al departamento en la comisión de coordinación pedagógica.
La tutorización del profesorado en prácticas es una atribución específica de los catedráticos: cuando un candidato al cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria supera los ejercicios teóricos y accede a la fase de prácticas en el centro, es el catedrático quien ejerce de tutor y firma la valoración que incide en la nota final del proceso selectivo.
Acceso y proceso selectivo
El acceso a la categoría de Catedrático es exclusivamente por promoción interna desde el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. No existe turno libre externo. El requisito de antigüedad mínima en el cuerpo de origen —habitualmente de ocho años en situación de servicio activo— es condición indispensable para presentarse, junto con la titulación universitaria adecuada a la especialidad.
El proceso selectivo lo convoca cada CCAA con competencias educativas. Consta de una fase de oposición con una memoria pedagógica (diseño de propuesta curricular o proyecto de coordinación pedagógica) y una prueba específica de la especialidad, seguida de una fase de concurso en la que se valoran méritos docentes, formación permanente y, en las CCAA con lengua cooficial, el nivel acreditado de dicha lengua.
Carrera profesional y destinos
Una vez consolidada la categoría de Catedrático, la carrera discurre principalmente dentro del propio centro por acceso a cargos directivos: dirección, jefatura de estudios o secretaría se asignan por designación o elección interna, y el catedrático tiene prioridad reconocida. También puede acceder al cuerpo de Inspectores de Educación con los requisitos establecidos por la CCAA, lo que supone la salida del centro hacia la función inspectora.
El grado personal se consolida de forma ordinaria con el tiempo de servicio, y los sexenios docentes reconocidos antes del acceso a la cátedra se mantienen. El complemento específico de la categoría de catedrático es superior al del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Para la estructura retributiva del personal docente del subgrupo A1, consulta retribuciones y nivel-cd, o usa la calculadora de sueldo funcionario.
Jubilación y mutualidad
El personal docente ingresado a partir de enero de 2011 está en el Régimen General de la Seguridad Social. Los anteriores a esa fecha pertenecen a MUFACE. El régimen de clases pasivas se aplica únicamente a quienes ingresaron antes de enero de 2011 y optaron por este sistema de pensión en su momento.
En su colectivo
Los Catedráticos de Enseñanza Secundaria forman parte del colectivo docente, uno de los más numerosos del empleo público español. Dentro de ese colectivo, la categoría de Catedrático es la de mayor reconocimiento dentro de la enseñanza media, y marca la trayectoria profesional de los docentes de larga trayectoria que han apostado por la función de coordinación y liderazgo pedagógico en el centro.
Los trienios acumulados en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria se conservan íntegramente al acceder a la cátedra.
Sueldo de Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria por año
Ficha retributiva anual con la cifra de sueldo base, trienio y pagas extraordinarias del subgrupo A1 aplicada al cuerpo, con cita BOE del PGE o RDL vigente en cada ejercicio.
Sueldo 2010 · Sueldo 2011 · Sueldo 2012 · Sueldo 2013 · Sueldo 2014 · Sueldo 2015 · Sueldo 2016 · Sueldo 2017 · Sueldo 2018 · Sueldo 2019 · Sueldo 2020 · Sueldo 2021 · Sueldo 2022 · Sueldo 2023 · Sueldo 2024 · Sueldo 2025 · Sueldo 2026
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Comparativas con Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria
Vista lado a lado con datos verificables y análisis derivado de las cifras oficiales.
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