¿Cuánto cobra un funcionario de Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas?
En 2026, el subgrupo A1 parte de un sueldo base de 16.646,88 € anuales (PGE). Con el complemento de destino del nivel 20, de entrada del subgrupo A1 (intervalo 20-30) y sin trienios, el bruto orientativo ronda 23.247,00 € y el neto, unos 17.202,78 € al año (1433,56 €/mes), con retención IRPF orientativa del 26,00 %. El complemento específico del puesto y la productividad, no públicos por puesto, elevan la cifra.
Novedad: la subida salarial vigente actualiza estas cifras. Sigue las novedades retributivas en actualidad.
Del bruto al neto (ejemplo orientativo)
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Sueldo base (subgrupo A1) | 16.646,88 € |
| Complemento de destino (nivel 20) | 6600,12 € |
| Bruto anual | 23.247,00 € |
| IRPF orientativo (26,00 %) | −6044,22 € |
| Neto anual orientativo | 17.202,78 € |
| Neto mensual orientativo (÷ 12) | 1433,56 € |
Estimación informativa, no vinculante. No incluye complemento específico ni productividad: varían por puesto y no se publican de forma homogénea. Ajusta tu nivel, trienios y específico en la calculadora de sueldo, y compara el neto entre comunidades en la calculadora de neto por CCAA.
Evolución del sueldo base del subgrupo A1
| Año | Sueldo base | Trienio | Pagas extra |
|---|---|---|---|
| 2026 | 16.646,88 € | 640,68 € | 1712,10 € |
| 2025 | 16.400,88 € | 631,20 € | 1686,80 € |
| 2024 | 16.000,80 € | 615,84 € | 1645,66 € |
| 2023 | 15.535,20 € | 597,96 € | 1597,76 € |
| 2022 | 14.864,16 € | 572,04 € | 1528,74 € |
| 2021 | 14.572,68 € | 560,88 € | 1498,76 € |
Serie del subgrupo según el anexo retributivo del PGE de cada año. Detalle completo en el subgrupo A1.
- Código interno
profesores-musica- Subgrupo
- A1 — Subgrupo A1
- Ámbito
- Cuerpos docentes
El cuerpo en profundidad
El Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas es un cuerpo docente de subgrupo A1 que imparte las enseñanzas artísticas de Música (en Conservatorios de Música), Danza (en Conservatorios de Danza) y Arte Dramático (en Escuelas Superiores). Existen ámbitos profesional y superior con organización distinta.
Funciones
- Docencia en las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza, así como en las superiores de Arte Dramático cuando aplica.
- Tutorización de proyectos y trabajos finales en grados superiores.
- Coordinación de especialidades instrumentales o de disciplinas escénicas dentro del centro.
- Organización de audiciones, conciertos y montajes escénicos integrados en la programación didáctica.
- Participación en órganos colegiados del centro y en programas de formación permanente del profesorado.
Acceso
Acceso por oposición convocada por cada CCAA con competencias educativas (todas excepto Ceuta y Melilla). Requisitos: titulación superior en Música, Danza o Arte Dramático según la especialidad, más Máster en Formación del Profesorado o equivalencia. Fase de oposición (pruebas teóricas, prácticas e interpretativas) y fase de concurso.
Encaje retributivo y carrera
Subgrupo A1: sueldo base del subgrupo, complemento general del puesto, complemento específico por especialidad, trienios y sexenios docentes acumulados con la formación permanente acreditada. La progresión vertical típica es la promoción al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
Marco normativo
Cuerpo regulado por la LOE (Ley Orgánica 2/2006) modificada por la LOMLOE y por la normativa autonómica. Las enseñanzas artísticas superiores tienen marco específico en los Reales Decretos 630/2010 (Arte Dramático), 631/2010 (Música) y 632/2010 (Danza).
Funciones en detalle
Los profesores de música y artes escénicas imparten docencia en los tres niveles de las enseñanzas artísticas no universitarias: elemental, profesional y superior. La enseñanza elemental se desarrolla en los conservatorios elementales o escuelas de música con competencia autonómica; la profesional, en los conservatorios profesionales de música o danza; la superior, en los conservatorios superiores y las escuelas superiores de arte dramático. La especialización es estricta: un profesor de piano en conservatorio profesional imparte exclusivamente la especialidad para la que obtuvo su cuerpo; la posibilidad de impartir otras especialidades es excepcional y requiere habilitación. Las funciones incluyen la programación didáctica de la asignatura, la tutoría de alumnos, la participación en tribunales de pruebas de acceso y de evaluaciones finales, la colaboración en la organización de conciertos y audiciones didácticas, y la participación en los órganos colegiados del centro (claustro, departamentos didácticos).
Acceso y proceso selectivo
El acceso es mediante concurso-oposición convocado por cada comunidad autónoma. La titulación exigida es el título superior de música, danza o arte dramático en la especialidad correspondiente, equiparado a efectos académicos al grado universitario. Las pruebas incluyen una parte práctica (interpretación o ejercicio escénico de nivel avanzado), una parte teórica sobre la especialidad y su didáctica, y la exposición de la programación de una unidad didáctica ante el tribunal. La alta exigencia artística de la parte práctica diferencia este proceso selectivo de las oposiciones docentes generalistas. La interinidad en conservatorios es una realidad extendida; en especialidades con pocos titulados superiores, las bolsas de interinos pueden quedar desiertas en determinadas comunidades.
Carrera profesional y destinos
El destino inicial se asigna conforme al resultado del concurso-oposición. La movilidad posterior se gestiona mediante concurso de traslados autonómico y, en algunos casos, estatal para determinadas especialidades. El acceso a puestos de dirección de departamento, jefatura de estudios o dirección del conservatorio sigue las reglas generales de función directiva docente. El complemento de destino y el complemento específico varían según el nivel del centro (profesional o superior) y la jornada asignada. La retribución de este cuerpo se puede explorar en /retribuciones y /nivel-cd. Los trienios son relevantes en carreras docentes largas.
Jubilación y mutualidad
Los profesores de música y artes escénicas son funcionarios docentes autonómicos y están encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social en la práctica totalidad de comunidades. La jubilación se rige por la normativa general de Seguridad Social. No existe régimen especial equiparable a Clases Pasivas para los docentes autonómicos de nueva incorporación. Para una estimación neta de la retribución puedes usar la calculadora de sueldo funcionario y consultar /jubilacion.
En su colectivo
Dentro del colectivo de docentes, los profesores de música y artes escénicas pertenecen al subgrupo de enseñanzas artísticas, diferenciado del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria aunque con equiparación retributiva en términos generales. Su perfil dual, artista de formación y docente de profesión, genera una identidad corporativa particular y unas reivindicaciones específicas: reconocimiento de la actividad artística como mérito, flexibilidad horaria para participación en producciones y conciertos, y dotación adecuada de plazas en especialidades minoritarias donde la cobertura por interinos es la norma antes que la excepción.
Sueldo de Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas por año
Ficha retributiva anual con la cifra de sueldo base, trienio y pagas extraordinarias del subgrupo A1 aplicada al cuerpo, con cita BOE del PGE o RDL vigente en cada ejercicio.
Sueldo 2010 · Sueldo 2011 · Sueldo 2012 · Sueldo 2013 · Sueldo 2014 · Sueldo 2015 · Sueldo 2016 · Sueldo 2017 · Sueldo 2018 · Sueldo 2019 · Sueldo 2020 · Sueldo 2021 · Sueldo 2022 · Sueldo 2023 · Sueldo 2024 · Sueldo 2025 · Sueldo 2026
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