- Código interno
ing-caminos- Subgrupo
- A1 — Subgrupo A1
- Ámbito
- Administración General del Estado
El cuerpo en profundidad
El Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado es uno de los cuerpos técnicos superiores del subgrupo A1 de la Administración General del Estado. Dependiente del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, asume las funciones técnicas superiores en infraestructuras del Estado.
Funciones
- Planificación, proyección, construcción y conservación de infraestructuras estatales: carreteras de la red estatal, ferrocarriles, puertos de interés general, obras hidráulicas (embalses, canales, estaciones de tratamiento).
- Dirección facultativa de proyectos y obras públicas de envergadura.
- Inspección técnica de la seguridad estructural de infraestructuras de uso público.
- Asesoramiento técnico en concesiones administrativas, contratación pública de obras y servicios, expropiaciones.
- Estudios estratégicos de planificación territorial, evaluación ambiental estratégica de planes y programas de infraestructuras.
- Representación técnica en organismos internacionales: PIANC, AIPCN, organismos técnicos de la UE.
Acceso
Acceso por oposición libre convocada por los ministerios competentes. Requisitos: título universitario que habilite para la profesión regulada de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos: actualmente Máster habilitante en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos o la titulación de Ingeniero de Caminos del plan pre-Bolonia. Temario muy amplio sobre cálculo de estructuras, hidráulica, geotecnia, transportes y comunicaciones, planificación territorial, normativa de obra pública, contratación, expropiación forzosa, evaluación ambiental.
Encaje retributivo y carrera
Subgrupo A1 con régimen del personal funcionario del Estado. Intervalo CD habitual 26-30, con destinos típicos en la Dirección General de Carreteras, ADIF, Puertos del Estado, Confederaciones Hidrográficas y servicios centrales y periféricos de los ministerios. Mutualidad: MUFACE (anteriores a 2011) o RGSS (posteriores).
Marco normativo
Cuerpo regulado por la normativa general de función pública del Estado. La profesión se rige por la Orden CIN/309/2009 sobre los Máster habilitantes para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
Sueldo de Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado por año
Ficha retributiva anual con la cifra de sueldo base, trienio y pagas extraordinarias del subgrupo A1 aplicada al cuerpo, con cita BOE del PGE o RDL vigente en cada ejercicio.
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