- Código interno
enfermeria- Subgrupo
- A2 — Subgrupo A2
- Ámbito
- Personal estatutario sanitario
- Norma de referencia
- Ley 55/2003
El cuerpo en profundidad
El Personal Estatutario de Enfermería integra a los profesionales de enfermería al servicio del Sistema Nacional de Salud (SNS) con vínculo estatutario, regulados por la Ley 55/2003 del Estatuto Marco del personal estatutario (BOE-A-2003-23101). Equivale al subgrupo A2. Las competencias sanitarias están transferidas, por lo que el personal estatutario depende de cada servicio autonómico de salud (SERMAS, ICS, SAS, OSAKIDETZA, etc.).
Funciones
- Cuidados directos al paciente en sus distintos niveles de atención: primaria, hospitalaria, urgencias, atención domiciliaria, salud mental.
- Administración de medicación prescrita y de tratamientos enfermeros propios (curas, suturas, manejo de heridas, sondajes, vías).
- Valoración integral del paciente: registro de constantes, escalas de valoración, plan de cuidados según la metodología NANDA-NIC-NOC.
- Educación sanitaria al paciente y a la familia: autocuidados, manejo de patologías crónicas, prevención.
- Coordinación con el equipo asistencial: médicos, técnicos sanitarios, trabajadores sociales.
- Especialidades de Enfermería (régimen EIR): obstétrico-ginecológica (matrona), salud mental, familiar y comunitaria, geriátrica, pediátrica, del trabajo, médico-quirúrgica.
Acceso
Acceso por oposición o concurso-oposición convocado por cada servicio autonómico de salud (Oferta de Empleo Público sanitaria). Requisitos: título de Grado en Enfermería (o Diplomatura equivalente para personal anterior al Plan Bolonia). Para puestos de especialista: título de especialista en Enfermería obtenido por la vía EIR (residencia formativa de 2 años en unidades docentes acreditadas).
Encaje retributivo
Equivalente al subgrupo A2 con régimen del Estatuto Marco. Sueldo base, trienios, complemento específico (variable por puesto y CCAA), complemento de atención continuada (guardias), complementos por turnicidad, nocturnidad, festividad y peligrosidad cuando aplica. Carrera profesional con cuatro niveles. Mutualidad: en general RGSS salvo encuadre histórico distinto.
Marco normativo
Regulado por la Ley 55/2003 del Estatuto Marco (BOE-A-2003-23101), la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (BOE-A-2003-21340) y, para la especialización, el RD 450/2005 sobre especialidades de Enfermería.
Sueldo de Personal Estatutario de Enfermería por año
Ficha retributiva anual con la cifra de sueldo base, trienio y pagas extraordinarias del subgrupo A2 aplicada al cuerpo, con cita BOE del PGE o RDL vigente en cada ejercicio.
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